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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (13/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de junio de 2018 / El Peruano Artículo 4. Cronograma Mensualizado de Ejecución de los Recursos El Pliego habilitado en el párrafo 1.1 del artículo 1 elabora un Cronograma Mensualizado de Ejecución de los recursos que se incorporan mediante la presente norma, conforme lo determina la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación fi nanciera. Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de junio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1659215-4 Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Municipalidad Distrital de La Victoria DECRETO SUPREMO Nº 129-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, modi fi cada mediante Decreto Legislativo Nº 1354, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, el párrafo 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30556, modi fi cado mediante Decreto Legislativo Nº 1354, dispone que la totalidad de los recursos económicos que se requieran para la implementación de los componentes de el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios son fi nanciados con cargo al Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales; Que, de acuerdo a lo previsto por el párrafo 5.4 del artículo 5 de la Ley Nº 30556, los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES) destinados a fi nanciar las intervenciones previstas en el referido Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, se incorporan en los pliegos respectivos en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, y Donaciones y Transferencias, según corresponda; asimismo, se dispone, entre otros, que dicha incorporación de recursos en el caso de pliegos del Gobierno Local, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, propuesto por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, a través del Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, al que se re fi ere la Ley Nº 30556, modi fi cada por el Decreto Legislativo Nº 1354; Que, mediante el O fi cio Nº 369-2018-RCC/DE, el Director Ejecutivo de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios remite para el trámite correspondiente el proyecto de Decreto Supremo que autoriza un Crédito Suplementario en el presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 por la suma de S/ 6 146 767,00 (SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) para el fi nanciamiento de 02 proyectos de inversión de mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular en diversas calles del Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de La Libertad, comprendidos y aprobados en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios a favor del pliego Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, en consecuencia es necesario atender las acciones descritas en el considerando precedente, debiéndose para tal efecto, autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 6 146 767,00 (SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, de conformidad con la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1354, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios es responsable de la veri fi cación del contenido de las solicitudes de recursos y del cumplimiento de los requisitos legales previstos en dicha norma; siendo responsabilidad del Ministerio de Economía y Finanzas tramitar dichos requerimientos veri fi cando la estructura funcional programática respectiva; De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, modi fi cado mediante el Decreto Legislativo Nº 1354 y la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1354; DECRETA:Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 6 146 767,00 (SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Municipalidad Distrital de La Victoria, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), para el fi nanciamiento de 02 proyectos de inversión de mejoramiento del servicio de transitabilidad vehicular en diversas calles del Distrito de La Victoria, Provincia de Chiclayo, Departamento de La Libertad, comprendidos y aprobados en el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito 6 146 767,00 ------------------ TOTAL INGRESOS 6 146 767,00 ========== EGRESOS SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 140106 : Municipalidad Distrital de La Victoria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 146 767,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 6 146 767,00 ========== 1.2 El detalle de los recursos asociados al Crédito Suplementario a que hace referencia el párrafo 1.1 se encuentra en el Anexo “Crédito Suplementario a favor del pliego Municipalidad Distrital de La Victoria” que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano.