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9 NORMAS LEGALES Jueves 21 de junio de 2018 El Peruano / las consideraciones generales y especí fi cas para la presentación del reporte de cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1661827-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Ratifican designación de representante de el/la Ministro (a) de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo de DEVIDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 268-2018-MINAGRI Lima, 19 de junio de 2018CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el trá fi co ilícito de drogas, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1241, señala que la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, cuenta con un Consejo Directivo; Que, el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, dispone que el citado Consejo Directivo, está presidido por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros o el/la Presidente/a Ejecutivo/a de DEVIDA en su representación, encontrándose conformado, entre otros, por el/la Ministro/a de Agricultura y Riego o su representante; señala además, que cuando un/a Ministro/a de Estado designe a su representante, esta representación debe recaer en el/la Viceministro/a del sector o su Secretario/a General; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0103-2017-MINAGRI, de fecha 27 de marzo de 2017, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de marzo de 2017, se designó al (la) Viceministro (a) de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, como representante del Ministro de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; Que, resulta necesario rati fi car la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial señalada en el considerando anterior; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modi fi cada por la Ley Nº 30048; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ratifi car la designación de el/la Viceministro (a) de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura y Riego, como representante de el/la Ministro (a) de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, creada por el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 824, Ley de Lucha contra el trá fi co ilícito de drogas, modi fi cado por la Primera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1241. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1661316-1Oficializan el “III Festival Nacional de Ganado Vacuno de la Raza Fleckvieh - Simmental, Cutervo 2018”, a realizarse en el departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 269-2018-MINAGRI Lima, 20 de junio de 2018 VISTO: El O fi cio N° 214-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGGA, de la Dirección General de Ganadería, sobre o fi cialización de la realización del evento denominado “III Festival Nacional de Ganado Vacuno de la Raza Fleckvieh–Simmental Cutervo 2018”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a los subnumerales 6.2.3, 6.2.6 y 6.2.7 del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 997, modi fi cado por Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio, en el marco de sus competencias compartidas, promueve la organización de los productores agrarios, la identi fi cación y estructuración de cadenas productivas, y la gestión agraria basada en calidad; así como establece los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo de la actividad agraria y, desarrolla y promueve la investigación, capacitación, extensión y transferencia de tecnología para desarrollar la modernización del Sector Agrario, en coordinación con los sectores e instituciones que corresponda; Que, mediante O fi cio N° 012-2018-APGFPC, el Presidente del “III Festival Nacional de Ganado Vacuno de la Raza Fleckvieh-Simmental, Cutervo 2018”, solicita la o fi cialización del referido evento, el cual es organizado por el Gobierno Regional de Cajamarca, a través de la Gerencia Sub Regional de Cutervo y la Asociación de Productores de Ganado Fleckvieh de la provincia de Cutervo, a realizarse los días 22 y 23 de junio de 2018; Que, con el O fi cio del Visto, el Director General de la Dirección General de Ganadería ha acompañado el Informe Técnico N° 007-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGGA/cayt, ampliado con el Informe Técnico N° 010-2018-MINAGRI-DVDIAR/DGGA/cayt, a través de los cuales se recomienda la o fi cialización del mencionado evento, por cuanto tiene por objetivo, entre otros, promover y difundir el mejoramiento genético del ganado vacuno de la raza Fleckvieh-Simmental , incentivando la mejora de la productividad cárnica y lechera, contribuyendo con la salud alimentaria y la inserción en el mercado nacional e internacional, incentivar la participación de las asociaciones y productores ganaderos con ejemplares hembras inscritos en los registros genealógicos zootécnicos del Perú, que se traduzca en la profundización de los registros genealógicos y control lechero; Que, el artículo 18 del Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, establece que las Ferias y Eventos Agropecuarios son actividades de promoción agropecuaria, transferencia de tecnología y comercialización de libre participación de los productores agrarios organizados individualmente o en representación de organizaciones; Que, conforme a los artículos 16 y 17 del citado Reglamento, toda Feria o Evento Agropecuario, cualquiera sea su actividad o nivel, tendrá una duración máxima de 15 días calendario, y serán autorizados mediante resolución ministerial; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 997, modi fi cada por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organización y Funciones,