Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2018 (23/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 23 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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- La 5° Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad de Mercado llamará al Juez Superior de la 7° Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad Tributaria y Aduanera, cuando se trate de expedientes con numeración impar; Artículo Segundo.- ESTABLECER que en caso de vacaciones, licencia, impedimento, recusación, inhibición o discordia de uno o más Jueces Superiores de determinada Sala Contenciosa Administrativa con Sub Especialidad Tributaria y Aduanera, el presidente del colegiado procederá a llamar al Juez Superior menos antiguo de la misma subespecialidad, de la siguiente manera: - La 6° Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad Tributaria y Aduanera llamará al Juez Superior de la 7° Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad Tributaria y Aduanera; - La 7° Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo llamará al Juez Superior de la 6° Sala Superior Especializada en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad Tributaria y Aduanera. Artículo Tercero.- En caso los integrantes de las Salas a que se refieren los artículos precedentes no pudieran intervenir por impedimento, recusación, abstención, inhibición o discordia, se procederá a completar el Colegiado con los Jueces Superiores de la 1º Sala Contenciosa Administrativa de Lima, empezando por el menos antiguo, hasta agotar todos los magistrados integrantes de dicha Sala Superior; de continuar dicha situación, se procederá a llamar a los Jueces Superiores de la 2º, 3º y 4º Sala Contencioso Administrativa siguiendo el procedimiento señalado. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposición administrativa que contravenga la presente Resolución. Artículo Quinto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura - OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA, Salas Superiores Especializadas en lo Contencioso Administrativo con Sub Especialidad Tributaria, Aduanera y en temas de Mercado, Gerencia de Administración Distrital y Oficina de Prensa e Imagen Institucional, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1662849-1

Departamento Académico de Literatura y Lingüística de la referida Facultad. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, respecto a las solicitudes presentadas por los docentes la UNSA sobre autorización de viaje, pago de pasajes, viáticos e inscripciones para participar en el extranjero en diferentes eventos y/o actividades académicos, con fines de investigación o con ponencias de trabajos de investigación, el Consejo Universitario en su Sesión de fecha 12 de junio y 07 de agosto del 2017, acordó lo siguiente: "1.Los docentes y Jefes de Práctica pueden solicitar el financiamiento de pasantías académicas en Instituciones de Educación Superior en el extranjero. 2. Para obtener la resolución correspondiente, deberán presentar su solicitud al Vicerrectorado de Investigación adjuntando lo siguiente: a) Documento que acredita las características y aceptación del evento y/o actividad académica. b) Copia del Acuerdo de Consejo de Facultad que le otorga la Licencia para asistir al evento y/o actividad. c) Carta de Compromiso Notarial, por la que declaren que en el plazo máximo de 01 año después de concluida el evento y/o actividad académica con la ponencia del trabajo de investigación, deberán publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), en calidad de autor o coautor, pudiendo ser la publicación o la aprobación de la publicación por parte de la revista, y en caso de incumplimiento, autorizar el descuento correspondiente a través de la Oficina de Planillas de la Subdirección de Recursos Humanos, para cuyo efecto, celebrarán un contrato". Que, mediante el documento del visto, el Vicerrectorado de Investigación eleva la solicitud efectuada por el Dr. Dante Porfirio Callo Cuno de la Facultad de Filosofía y Humanidades y docente del Departamento Académico de Literatura y Lingüística de la referida Facultad, para la autorización de viaje al extranjero con el financiamiento de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos, con la finalidad de participar en el "V Congreso Internacional de Lingüística y Literatura: Intersecciones del Estudio de Lenguas Modernas" a realizarse en Santander, España del 25 al 27 de junio del 2018, con su Ponencia titulada: "Interferencia Gramatical en el quechua de hablantes bilingües en el Valle del Colca, Arequipa, Perú", evento organizado por el Departamento de Filología de la Facultad de Educación de la Universidad de Cantabria, España; adjuntando para tal efecto: a) Copia del documento de fecha 28 de mayo del 2018, que acredita las características y aceptación de la participación del referido docente al evento en mención, suscrito por el Fdo. Laura Mier Pérez, representante del Comité Organizador de la Universidad de Cantabria; b) Copia de la Resolución Decanal Nº 192-2018-FFH de fecha 06 de junio del 2018, por la que se acredita el otorgamiento de la Licencia respectiva al Decano y docente para participar en el mencionado Congreso; y, c) Copia de la Carta de Compromiso Notarial, por la que el solicitante declara que en el plazo máximo de 01 año después de concluido el evento con la ponencia del trabajo de investigación, deberá publicar el trabajo de investigación en revista indexada (Reconocida por la base SCOPUS.WEBSCIENCE), y en caso de incumplimiento, autoriza el descuento correspondiente a través de la

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a España, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0975-2018 Arequipa, 13 de junio del 2018 Visto el Oficio Nº 481-2018-VRI presentado por el Vicerrector de Investigación de la UNSA, sobre autorización de viaje al extranjero para realizar una Ponencia con fines de investigación, correspondiente al Dr. Dante Porfirio Callo Cuno, Decano de la Facultad de Filosofía y Humanidades y docente adscrito al

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