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47 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 El Peruano / Designan Directores titular y suplente de EPS SEDAPAR S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2018-VIVIENDA Lima, 27 de junio del 2018VISTOS, el O fi cio N° 071-2018/S-30000 de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedapar S.A., el Informe N° 142-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento y el Memorándum N° 534-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante el Decreto Legislativo, tiene por objeto establecer las normas que rigen la prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional, en los ámbitos urbano y rural, con la fi nalidad de lograr el acceso universal, el aseguramiento de la calidad y la prestación e fi ciente y sostenible de los mismos, promoviendo la protección ambiental y la inclusión social, en bene fi cio de la población; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) representante, titular y suplente, de las municipalidades accionistas, propuesto a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) representante, titular y suplente, del gobierno regional, propuesto por el Consejo Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y un (1) representante, titular y suplente, de la Sociedad Civil, propuesto por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes; Que, conforme a lo señalado en los párrafos 53.2 y 53.4 del artículo 53 del Decreto Legislativo, la designación del representante del Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de Resolución Ministerial, considerando a los candidatos propuestos por el Gobierno Regional, la cual tiene mérito su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fi n; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, en adelante el Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, dispone en el párrafo 63.3 del artículo 63, que la evaluación, elección y designación del director, titular y suplente, representante del gobierno regional la realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento entre la terna de candidatos aptos propuestos por el gobierno regional en cuyo ámbito opera la empresa prestadora pública de accionariado municipal; y en su párrafo 63.5 indica que, para tal efecto, el gerente general de la empresa prestadora pública de accionariado municipal solicita al gobierno regional y a los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sea el caso, remitan el expediente de los candidatos a director, titular y suplente, propuestos a través del Acuerdo de Consejo Regional respectivo o según los estatutos o normas pertinentes, respectivamente; la empresa prestadora revisa el cumplimiento de los requisitos de las propuestas presentadas y remite el expediente de los candidatos aptos propuestos al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para su evaluación y continuar con el trámite correspondiente, de acuerdo al procedimiento y los plazos que para dicho fi n apruebe el Ente Rector; Que, el artículo 8 del “Procedimiento para la Elección, Designación y Vacancia de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA, dispone entre otros aspectos, que el procedimiento de elección y designación de los directores de las Empresas Municipales se realiza mediante la Plataforma Virtual, la cual es administrada por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante el Memorándum N° 534-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, con el sustento del Informe N° 142-2018-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, opina que, luego de evaluado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de los cuatro (04) candidatos aptos propuestos por el Gobierno Regional de Arequipa para el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedapar S.A., respecto del representante del Gobierno Regional de Arequipa, debe estar conformado por el señor Lauriano Roberto Rosado Linares (Director Titular) y Arturo Félix Arroyo Ambia (Director Suplente); De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA, y el “Procedimiento para la Elección, Designación y Vacancia de Directores de las Empresas prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del Director Titular de EPS SEDAPAR S.A. Designar al señor Lauriano Roberto Rosado Linares, como Director Titular, en representación del Gobierno Regional de Arequipa, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedapar S.A. Artículo 2.- Designación del Director Suplente de EPS SEDAPAR S.A. Designar al señor Arturo Félix Arroyo Ambia, como Director Suplente, en representación del Gobierno Regional de Arequipa, en el Directorio de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedapar S.A. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Pública de Accionariado Municipal Sedapar S.A., para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1664124-1