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32 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 / El Peruano Que, la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; Que, en tal sentido, se estima importante nombrar al Cónsul General del Perú en Nueva York; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N.° 076-2005-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135- 2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Susana Landaveri Porturas, Cónsul General del Perú en Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo N.° 013-2011-RE, de 28 de enero de 2011. Artículo 3.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo 4.- La fecha en que la citada funcionaria diplomática deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 5.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1664441-6 Pasan a situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2018-RE Lima, 27 de junio de 2018VISTO:El Informe Escalafonario (OAP) N.° 075/2018, de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 10 de mayo de 2018; CONSIDERANDO:Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado defi nitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero; Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de o fi cio, mediante Resolución Suprema, la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la O fi cina General de Recursos Humanos, mediante el Informe Escalafonario (OAP) N.° 075/2018, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Helí Adelfo Peláez Castro cumplirá el 23 de julio de 2018, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N.° 28091; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias, el Decreto Supremo N.° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Helí Adelfo Peláez Castro, el 23 de julio de 2018, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Helí Adelfo Peláez Castro, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1664441-7 SALUD Designan encargado de realizar los procedimientos referidos a Bancos de Datos Personales del Ministerio de Salud ante el Registro Nacional de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 605-2018/MINSA Lima, 26 de junio del 2018Visto, el Expediente N° 18-016356-002 que contiene la Nota Informativa N° 403-2018-OGTI-OID/MINSA emitida por la O fi cina General de Tecnologías de la Información; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 34 de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, modi fi cada por la Cuarta Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Legislativo N° 1353, se creó el Registro Nacional de Protección de Datos Personales como registro de carácter administrativo a cargo de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, con la fi nalidad de inscribir en forma diferenciada, a nivel nacional, entre otros, los bancos de datos personales de administración pública o privada, así como los datos relativos a estos que sean necesarios para el ejercicio de los derechos que corresponden a los titulares de datos personales; Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1 y 15 del artículo 2 de la mencionada Ley, el Banco de datos personales es el conjunto organizado de datos personales, automatizado o no, independientemente del soporte, sea este físico, magnético, digital, óptico u otros que se creen, cualquiera fuere la forma o modalidad de su creación, formación, almacenamiento, organización y acceso; siendo el titular del banco de datos personales la persona natural, persona jurídica de derecho privado o entidad pública que determina la fi nalidad y contenido del