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46 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 / El Peruano e instalar el chip u otro dispositivo que el Consejo Supervisor disponga al mismo, suministrar la información requerida al Sistema de Control de Carga de GNV e inspeccionar anualmente a los vehículos con sistema de combustión a GNV, así como realizar la certi fi cación inicial y anual de los Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV autorizados por la Dirección General de Transporte Terrestre. Artículo 2°.- La empresa “SGS DEL PERÚ S.A.C.” bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, antes del vencimiento del plazo que se señalan a continuación: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero de 2019Segunda renovación o contratación de nueva póliza 01 de enero de 2020 En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento del plazo antes indicado, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del artículo 5 de la Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y sus modi fi catorias, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3°.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP adjuntándose el documento que contiene el Registro de Firmas del Ingeniero Supervisor responsable de la suscripción de los Certi fi cados de Conformidad de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV. Artículo 4°.- La empresa “SGS DEL PERÚ S.A.C.”, se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el marco jurídico y de sujetar su actuación a lo establecido en la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certi fi cadoras de Conversiones a Gas Natural Vehicular – GNV y de los Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. Artículo 5°.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Av. Elmer Faucett N° 3348, Urbanización Bocanegra de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 6°.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada “SGS DEL PERÚ S.A.C.”, los gastos que originen su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 1649945-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Amazonas, para la implementación de la R.M. N°260-2014-MIDIS. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2018-VIVIENDA Lima, 27 de junio del 2018VISTOS: El Memorándum N° 1374-2018/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/DE del Programa Nacional de Saneamiento Rural – PNSR, el Informe N° 449-2018/VIVIENDA/VMCS/PNSR/ UTGT de la Unidad Técnica de Gestión Territorial del PNSR; y el Informe Legal N° 381-2018/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL emitido por la Unidad de Asesoría Legal del PNSR; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto de Urgencia N° 004-2014, en el párrafo 3 del Artículo 13 autoriza al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES a constituir Núcleos Ejecutores para la reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento de alcance departamental y en el párrafo 4 del referido artículo establece que cada Núcleo Ejecutor estará conformado, entre otros, por representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, determinará el número de representantes, el mecanismo de designación del presidente del Núcleo Ejecutor y miembros, así como los criterios y procedimientos para el funcionamiento de los Núcleos Ejecutores; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 260-2014-MIDIS, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprueba las disposiciones para la conformación y representatividad, criterios y procedimientos para el funcionamiento de Núcleos Ejecutores de alcance departamental, estableciendo que los mismos estarán conformados, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien tendrá el cargo de Secretario; Que, por Resolución Ministerial N° 217-2017- VIVIENDA, se designó al señor Edwin Adolfo Díaz Ortiz como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Amazonas, quien ha presentado su renuncia a la designación efectuada, por lo que corresponde aceptarla y designar al nuevo representante; Que, mediante el Memorándum N° 1374-2018/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, y el Informe N°449-2018/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UTGT, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Rural, propone la designación del señor Carlos Enrique Gastelo Benavides como nuevo representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Amazonas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, y el Decreto de Urgencia N° 004-2014; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Edwin Adolfo Díaz Ortiz, aprobada por Resolución Ministerial N° 217-2017-VIVIENDA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Enrique Gastelo Benavides, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Amazonas, para la implementación de la Resolución Ministerial N°260-2014-MIDIS. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social y al representante designado; para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1664126-1