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69 NORMAS LEGALES Jueves 28 de junio de 2018 El Peruano / VISTO: La Hoja Informativa Nº 00007-2018-CG/GPL de la Gerencia de Planeamiento, mediante la cual propone la aprobación del “Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; CONSIDERANDO:Que, el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, señala que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso; Que, el literal b) del artículo 32 de la Ley N° 27785, establece como facultad del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los Órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y fl exibilidad; Que, la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control ha establecido normas y disposiciones necesarias para el fortalecimiento de esta Entidad Fiscalizadora Superior y del Sistema Nacional de Control, con la fi nalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y e fi ciente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción; Que, en dicho contexto, la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley N° 30742, autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al Plan de Implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República. Asimismo, dispone que la Contraloría General de la República aprueba, de ser necesario, disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido en la mencionada disposición; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia de Planeamiento ha propuesto la aprobación del “Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; En uso de las facultades conferidas por el literal s) del artículo 22 y los literales b) y c) del artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, según sus ámbitos y competencias, cautelarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1664100-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado de Título Profesional de Ingeniero Civil de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0922 Lima, 8 de junio de 2018Visto el Expediente STDUNI Nº 2018-51666 presentado por el señor JORGE LUIS SALAZAR VEGA, quien solicita duplicado de su diploma de Título Profesional de Ingeniero Civil; CONSIDERANDO: Que, el señor JORGE LUIS SALAZAR VEGA, identi fi cado con DNI Nº 40768123 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su Título Profesional de Ingeniero Civil, por pérdida de dicho diploma; adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante el Informe Nº 157-2018-UNI/SG/GT de fecha 15 de mayo de 2018, precisa que el diploma del señor JORGE LUIS SALAZAR VEGA se encuentra registrado: en el Libro de Registro de Título Profesional Nº 17, página 209, con el número de registro 23208-G; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 15-2018, realizada el 28 de mayo del 2018, previa revisión y veri fi cación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado del diploma de Título Profesional de Ingeniero Civil, al señor JORGE LUIS SALAZAR VEGA; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria Nº 08 de fecha 06 de junio 2018, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Título Profesional de Ingeniero Civil al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente: Nº Apellidos y Nombres DeFecha de Otorgamiento del Diploma 1 SALAZAR VEGA, Jorge Luis Ingeniero Civil 11.02.2009 Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1663606-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Cahuac, provincia de Yarowilca, departamento de Huánuco RESOLUCIÓN Nº 0357-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00105-C02 CAHUAC - YAROWILCA - HUÁNUCOCONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, trece de junio de dos mil dieciocho