Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2018 (03/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de marzo de 2018 /

El Peruano

municipalidad y en las materias de su competencia. Es la norma de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal y tiene rango de Ley, de conformidad con el numeral 4) del Art. 200° de la Constitución Política del Perú; Que, las municipalidades provinciales, en su respectiva jurisdicción y de conformidad con los reglamentos nacionales tienen como competencia de gestión, recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones al tránsito, conforme a lo establecido el literal i) del Art. 17° de la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Que, el numeral 8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del Concejo Municipal disponer también las atribuciones para aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; asimismo, el numeral 9) del artículo antes mencionado, establece que el Concejo Municipal tiene atribuciones para crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; Que, mediante Informe Nº 009-2018-GTSV-MPC de fecha 19 de enero del 2018, el Abg. Jaime Alfredo Fernández Sánchez - Gerente de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), remite proyecto de Ordenanza de Beneficio No Tributario para Infracciones al Tránsito y al Transporte e Internamiento de Vehículos en el Depósito Municipal Vehicular de la Municipalidad Provincial de Cañete; toda vez que, existe una significativa cartera de deudas pendientes de pago por concepto de infracciones, lo cual conlleva a un acto índice de morosidad de conductores y propietarios de unidades vehiculares, recomendando se otorgue el beneficio de amnistía mediante ordenanza, a efectos de que conductores y propietarios puedan acogerse y subsanar su relación de deudas pendientes de pago que han adquirido MPC, y las deudas que mantienen algunos administrados por concepto de internamiento de sus unidades vehiculares por cometer infracciones; Que, la propuesta del proyecto surge por la necesidad de crear políticas de pago para los infractores, así como disminuir los costos por derecho de depósito vehicular municipal que permitan a los propietarios y/o conductores puedan acceder al retiro de sus unidades vehiculares, en consecuencia disminuir la cartera de morosos deudores, siendo viable se proceda con la emisión de la Ordenanza por el Concejo Municipal, que cuenta con las facultades y autonomía atribuidas por Ley; Que, mediante Informe Legal Nº 050-2018-GAJMPC de fecha 15 de febrero del 2018, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), concluye: 1) Que, es factible la aprobación de la ORDENANZA DE BENEFICIO NO TRIBUTARIO PARA INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y AL TRANSPORTE E INTERNAMIENTO DE VEHÍCULOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL VEHICULAR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE", por el cual se otorga beneficio no tributario en el pago de deudas por infracciones al tránsito y transporte, impuesta hasta el 31 de diciembre del 2017, conforme al proyecto propuesto; y 2) Previamente se derive lo actuado a la Comisión de Transporte para que emita dictamen correspondiente, luego se eleve al Pleno de Concejo para su deliberación y determinación; Que, con Dictamen N°01-2018-CTySV-MPC de fecha 22 de febrero de 2018 la Comisión de Transporte y Seguridad Vial sugiere: 1) Aprobar la Ordenanza de Beneficios No Tributario para Infracciones al Tránsito y al Transporte e Internamiento de Vehículos en el Depósito Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete; y 2) Remitir el dictamen y sus antecedentes ante su despacho a fin de poner en conocimiento al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y pronunciamiento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades , con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta el Concejo Municipal ha emitido, por UNANIMIDAD lo siguiente:

ORDENANZA DE BENEFICIO NO TRIBUTARIO PARA INFRACCIONES AL TRANSITO Y AL TRANSPORTE E INTERNAMIENTO DE VEHÍCULOS EN EL DEPOSITO MUNICIPAL VEHICULAR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Artículo 1º.- DEL BENEFICIO DE INFRACCIONES. Otorgar beneficio de amnistía no tributaria, en el pago de las deudas por infracciones al tránsito y al transporte, impuestas al 31 de diciembre del año 2017. Artículo 2°.- DEL BENEFICIO PARA LIBERACIÓN DEL VEHÍCULO Otorgar el beneficio de las deudas no tributarias, originadas por concepto de internamiento de vehículos, recaídos sobre las unidades motorizadas internadas en el depósito municipal vehicular hasta el 31 de diciembre del año 2017 por disposición judicial, fiscal, policial infracciones y otros. Artículo 3º.- DEL BENEFICIO DE DESCUENTO Otorgar el beneficio de descuento del 80% a todas las infracciones al Tránsito y al Transporte impuesta y/o cometidas hasta el 31 de diciembre del año 2017, siempre que los conductores y propietarios y propietarios de unidades vehiculares infraccionados se apersonen por ante la Municipalidad Provincial de Cañete y efectúen el pago al contado y en efectivo conforme la liquidación, el presente beneficio comprende las deudas que se encuentren en proceso de cobranza vía administrativa, así como en la vía de ejecución coactiva. Artículo 4º.DEUDAS EN ETAPA DE FRACCIONAMIENTO Los administrados que con anterioridad a la vigencia de la presente norma, hubiesen solicitado y/u obtenido el fraccionamiento de sus deudas, podrán acogerse al presente beneficio, en cuyo caso la deuda estará representada por el saldo pendiente de pago, importe sobre el cual deberá de realizar el descuento previsto en el Art. 3° de la presente Ordenanza. Artículo 5°.- DEUDAS DE EJECUCIÓN COACTIVA Los administrados deudores de infracciones al tránsito y/o transporte, que a la fecha de vigencia de la presente norma, se encuentra en proceso de Ejecución Coactiva, en el estado que se encuentren, pueden acogerse al descuento establecido en la presente Ordenanza, adicionalmente se exonerara de los gastos accesorios, intereses, costas o gastos administrativos, que hubiera generado en el trámite correspondiente. Artículo 6°.- PARA LA LIBERACIÓN DEL VEHÍCULO Establecer el beneficio del descuento del 90% del monto total de las deudas no tributarias, contraídas por concepto de internamiento de vehículo, en el deposito vehicular de la Municipalidad Provincial de Cañete y que hayan sido internado por disposición judicial fiscal, policial y/o infracciones al tránsito o transporte, hasta el 31 de diciembre del año 2017. Artículo 7°.- REQUISITOS PARA LA LIBERACIÓN DEL VEHICULO Los administrados para la liberación del vehículo, deberán presentar el recibo de pago de cancelación señalado en el artículo anterior, además deben de presentar los requisitos exigidos el TUPA vigente y el documento emitido por la autoridad competente en donde se exprese taxativamente la disposición de entrega de la unidad vehicular a su propietario. Siendo IMPROCEDENTE todo procedimiento que se presente sin los requisitos señalados. Artículo 8°.- SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE FRACCIONAMIENTO Durante la vigencia de la presente Ordenanza queda suspendido toda solicitud y procedimiento de fraccionamiento de pago por las deudas contraídas hasta el 31 de diciembre del año 2017, por concepto de infracciones al tránsito y transporte.

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