Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2018 (03/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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Región Lima, tu eres grandeza tus riquezas no tienen igual los vestigios de nuestra cultura patrimonio de la humanidad, raza noble gente generosa región Lima, tu eres el Perú. REPETIR (1)

NORMAS LEGALES

Sábado 3 de marzo de 2018 /

El Peruano

pronuncie sobre la situación de la producción de papa en nuestro país. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley Nº 28607 y Ley N° 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 2º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas; Que, mediante Ordenanza Regional N° 026-2015-CRRL, publicada el 16 de diciembre del año 2015 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó el nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima, la misma que fue modificada parcialmente mediante Ordenanza Regional N° 004-2017-CR-RL vigente desde el 25 de marzo del año 2017, tras su publicación respectiva en el Diario Oficial El Peruano. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Lima, en cuanto a los deberes funcionales de los señores consejeros regionales establece en el literal e) del artículo 17°, el deber de mantenerse en comunicación con los ciudadanos y las organizaciones sociales, con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes; en ese mismo sentido, de acuerdo al literal e) del artículo 16°, los consejeros regionales, tienen el derecho de presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias que representan o cualquier otra provincia de la jurisdicción del Gobierno Regional de Lima; Que, la producción nacional de papa, de acuerdo a las cifras proporcionadas por la Dirección Nacional de Políticas Agrarias del Ministerio de Agricultura en el año 2016, se concentra principalmente en la zona Sierra sur de nuestro país (Puno, Apurímac, Cusco, Arequipa, Ayacucho, Moquegua y Tacna) con un 47.1% de la producción; mientras que el 28.5% en la zona Sierra Centro (Huánuco, Junín, Huancavelica y Pasco); en el caso de los productores de papa en el ámbito del Gobierno Regional de Lima, junto con Ica, representamos sólo el 4.1% de la producción, pero tenemos como mercado principal al Gran Mercado Mayorista de Lima, destinando el 30% y 65% respectivamente de la producción total; Que, durante las últimas semanas hemos sido testigos del malestar por el bajo precio de la papa, en especial la papa blanca, expresado por los productores de este tubérculo, de las regiones de Huánuco, Huancavelica, Pasco, Ayacucho y Junín principalmente, quienes han tomado medidas de fuerza, como paros regionales, con los consecuentes bloqueos de vías exigiendo la pronta atención por parte del gobierno nacional de sus demandas a la problemática del sector. Este bajo precio, habría sido motivado, entre otras razones, principalmente por razones climatológicas, que propiciaron que las cosechas de papa coincidieran en todas las zonas productoras con la consiguiente sobre oferta; Que, de acuerdo al Centro Internacional de la Papa, durante el periodo 2005 y 2015 el área sembrada de papa en nuestro país creció 23% y la producción, en un 43%, lo cual muestra que el rendimiento habría creció en 19%, lo que podría considerarse como cifras alentadoras, pero si comparamos el rendimiento promedio por hectáreas de papa en nuestro país (14,7 tn), con el rendimiento promedio mundial que es de 19,9 tn, tal mejora no sería suficiente, existiendo países como Bélgica (54 tn), Francia (47.9 tn), Alemania (47,4 tn), Estados Unidos (47,2 tn) y

Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto Regional Nº004-2012-GRL/PRES, donde se Institucionaliza el Himno de la Región Lima. Artículo Quinto.- MODIFICAR el Artículo 10º la Ordenanza Regional Nº013-2012-CR-RL, en su CAPITULO III DE LAS CARACTERISTICAS DE LAS CONDECORACIONES. La que quedará redactada de la siguiente manera: "Artículo 10º.- Para el otorgamiento de las Condecoraciones del Gobierno Regional de Lima, la medalla debe reunir las siguientes características: Medalla de oro: contenido de alto relieve, tamaño de 6x6 aprox., 1ml. de grosor, material bañado en oro, según modelo anexo al presente reglamento. Medalla de bronce: contenido de alto relieve tamaño 6x6 aprox., 1ml. de grosor, material de bronce, según modelo anexo al presente reglamento". Artículo Sexto.- ENCARGAR al Sr. Nelson Chui Mejía, Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lima, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional se publicará en el Diario Oficial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Lima (www.regionalima.gob. pe). En Huacho, a los quince días del mes de diciembre del dos mil diecisiete. POR TANTO: Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. ANIBAL RAMON RUFFNER Presidente del Consejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los 22 días del mes de enero del dos mil dieciocho NELSON CHUI MEJIA Gobernador Regional de Lima 1621743-1

Exhortan al Poder Ejecutivo y productores de papa la pronta solución de la problemática estructural del sector a través de las mesas de trabajo y/o diálogo, y solicitar al Gobierno Nacional la inclusión del Gobierno Regional de Lima en el D.U. N° 001-2018 para la adquisición de la papa blanca
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 033-2018-CR/GRL Huacho, 5 de febrero de 2018 VISTO: El pedido del Sr. Aníbal Ramón Ruffner, Consejero Regional por la provincia de Canta, quien solicita se sirva agendar en la Sesión Ordinaria del 05 de febrero del 2018, la aprobación de un Acuerdo de Consejo Regional mediante el cual el Consejo Regional de Lima se

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