Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2018 (03/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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* Departamento de Finanzas. * Departamento de Logística. * Departamento de Seguridad. · Gerencia de Tecnologías de Información.

NORMAS LEGALES

Sábado 3 de marzo de 2018 /

El Peruano

* Departamento de Supervisión. * Departamento de Evaluación y Acciones Correctivas. Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones Nº SBS-ROF-SBS-010-18, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, los diferentes órganos involucrados de la Superintendencia coordinarán con la Gerencia de Planeamiento y Organización a fin de actualizar sus respectivos Manuales de Organización y Funciones, de tal manera de asegurar que se encuentren concordados con el presente Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones Nº SBS-ROF-SBS-010-17 y otras disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1621950-1

* Departamento de Desarrollo de Sistemas. * Departamento de Soporte Técnico. * Departamento de Servicios de Tecnologías de Información. * Departamento de Seguridad de Información y Continuidad Operacional. · Superintendencia Adjunta de Asuntos Internacionales, Capacitación y Comunicaciones * Departamento de Cooperación Internacional. * Departamento de Capacitación. * Departamento de Comunicaciones e Imagen Institucional. · Secretaría General. * Departamento de Registros. * Departamento de Gestión Documental. VI. Órganos de Línea · Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas. * Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia Financiera. - Intendencia General de Banca. * Cinco (5) Departamentos de Supervisión Bancaria: A, B, C, D, E. - Intendencia General de Microfinanzas. * Cuatro (4) Departamentos de Supervisión Microfinanciera: A, B, C, D. * Departamento de Supervisión del Sistema de Derramas y Cooperativas de Ahorro y Crédito. · Superintendencia Adjunta de Seguros. * Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia de Seguros. - Intendencia General de Supervisión de Instituciones de Seguros. * Departamento de Supervisión de Seguros A. * Departamento de Supervisión de Seguros B. * Departamento de Supervisión de Intermediarios y Auxiliares. * Departamento de Supervisión de AFOCAT. * Departamento de Supervisión Actuarial. * Departamento de Supervisión de Inversiones de Seguros. * Departamento de Supervisión de Reaseguros. · Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. * Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia Previsional. - Intendencia General de Supervisión Previsional. * Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. * Departamento de Supervisión de Pensiones y Beneficios. * Departamento de Inversiones de Fondos Privados de Pensiones. · Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. * * * * Departamento de Coordinación Técnica y Desarrollo. Departamento de Análisis Operativo. Departamento de Análisis Estratégico. Departamento de Prevención, Enlace y Cooperación.

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Ordenanza Regional que instituye como símbolos regionales: la bandera, el escudo y el himno del Gobierno Regional de Lima
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2017-CR-GRL EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima en su Sesión Ordinaria del día 15 de Diciembre del 2017 en la ciudad de Huacho, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: La Carta Nº 007-2017-CECMACRN1752017-CR/GRL del Sr. Vladimir Alexander Rojas Hinostroza, Presidente de la Comisión Especial Encargada de Establecer los Emblemas (Bandera, Himno) representativos de la Región Lima y la Medalla de Gran Libertador de la Republica, quien solicita agendar en la Sesión Ordinaria del día 15 de diciembre del presente año, la aprobación del Informe Final recaído en el Acuerdo de Consejo Regional Nº1752017-CR/GRL mediante el cual se solicita la Aprobación de la Ordenanza Regional que instituye como Símbolos Regionales: la Bandera, el Escudo, el Himno del Gobierno Regional de Lima. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado considera que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente del Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país ; con este propósito, se ha otorgado a los Gobiernos Regionales la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 49º segundo párrafo señala que los símbolos nacionales

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