Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2018 (03/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Sábado 3 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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son: la Bandera con los colores rojos, blanco y rojo; el escudo nacional y el himno nacional; Que, el artículo 191 º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia ( ... ) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador( ... )". Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: "Es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas.( ... )"; Que, en el artículo 37º literal a) de la Ley Nº27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº29053, indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; y el literal a) del artículo 15º de la misma norma, dispone que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 18º, concordante con el artículo 4º de la Ley organiza de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 prescriben que los Gobiernos Regionales tienen por finalidad fomentar el desarrollo integral sostenible promoviendo la inversión pública, privada y el empleo, así, como garantizar el ejercicio p'0leno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes de acuerdo con los planes y programas sociales, regionales y locales de desarrollo; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº0042004-CR/GRL, de fecha 18 de febrero del 2004, se convocó al primer Concurso Regional para la creación del Himno, Marcha y emblemas oficiales y representativos del Gobierno Regional de Lima; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 013-2012-CRGL de fecha 04 de Diciembre de 2012 se aprobó el Reglamento de Condecoraciones del Gobierno Regional de Lima, en cuyo capítulo II de los grados y condecoraciones, Artículo 4º dice: La Condecoración "General Don José de San Martin- en el Grado Libertador de la Republica" es la más alta distinción que se otorga en la Región Lima (...); Que, mediante Decreto Regional Nº 004-2012GRL/PRES de fecha 08 de noviembre de 2012; se institucionalizó el Himno de la Región Lima, cuya letra y música ha sido compuesta por el ilustre ciudadano huaralino Sr. Luis Ángel Díaz Roldan. Que, La Bandera Regional tiene como detalles fondo base color blanco que simboliza Integridad y paz, en la parte central figura el Escudo Regional simbolizando a las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima; Que, el Escudo Regional, creado por el Ilustre ciudadano de la Región Lima Sr. Alfonso Salcedo Rubio; está compuesto de manera geométrica simboliza la Unión, confraternidad, tiempo, etc.; La "Chacana" o cruz andina es un símbolo recurrente en las culturas originarias de los andes, registrándose por primera vez en la cultura Caral, la civilización Madre de América, predominan los colores del Arco Iris: amarillo, rojo, verde oscuro, marrón, verde claro, azul, celeste, purpura y anaranjado, cada uno simboliza a una de las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima; lado izquierdo del símbolo las provincias de Cañete (amarillo), Barranca(rojo), Huaral (verde oscuro), Canta (marrón), en el centro la provincia de Huaura (verde claro), lado derecho del símbolo las provincias de Oyón (azul), Cajatambo (celeste), Yauyos (purpura) y Huarochirí (anaranjado); Que, en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional realizada el 15 de diciembre de 2017, en la Sala de Sesiones

José Luis Romero Aguilar del Consejo Regional de Lima, se trató la Carta Nº 007-2017-CECMACRN1752017CR/GRL del Sr. Vladimir Alexander Rojas Hinostroza , Presidente de la Comisión Especial conformada en virtud del Acuerdo de Consejo Regional Nº 175-2017-CR/ GRL, en la cual solicita la aprobación del Informe Final del encargo recaído en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 175-2017-CR/GRL; del debate entre los miembros del Pleno del Consejo Regional, con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales concurrentes a la sesión del Consejo Regional, se aprueba la presente ordenanza Regional; En uso de las atribuciones preceptuadas en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado y las conferidas en los numerales 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, conforme con el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lima, el Consejo Regional; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: ORDENANZA REGIONALQUE INSTITUYE COMO SIMBOLOS REGIONALES: LA BANDERA, EL ESCUDO Y EL HIMNO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Artículo Primero.- INSTITUIR como símbolo Regional, la Bandera de la Región Lima, que tiene como característica el fondo base color blanco que simboliza la integración y paz, en la parte central figura el Escudo Regional simbolizando a las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima, que será utilizado como emblema oficial en los actos cívicos y actividades protocolares de nuestra Región y Nación. Artículo Segundo.- INSTITUIR como símbolo Regional, el Escudo de la Región Lima, creado por el Ilustre ciudadano, Sr. Alfonso Salcedo Rubio; que es de manera geométrica, simboliza la Unión, confraternidad y tiempo; La "Chacana" o cruz andina, es un símbolo recurrente en las culturas originarias de los andes, registrándose por primera vez en la cultura Caral, la civilización Madre de América, predominan los colores del Arco Iris: amarillo, rojo, verde oscuro, marrón, verde claro, azul, celeste, purpura y anaranjado, cada uno simboliza a una de las nueve provincias del Gobierno Regional de Lima; lado izquierdo del símbolo las provincias de Cañete (amarillo), Barranca (rojo), Huaral (verde oscuro), Canta (marrón), en el Centro la provincia de Huaura (verde claro), lado derecho del símbolo las provincias de Oyón (azul), Cajatambo (celeste), Yauyos (purpura) y Huarochirí (anaranjado), que será utilizado como emblema oficial en los actos cívicos y actividades protocolares de nuestra región. Artículo Tercero.- INSTITUIR el Himno Regional como símbolo del Gobierno Regional de Lima, la cual se deberá entonar con el protocolo respectivo en toda reunión o ceremonia cívica, patriótica, militar y en los estamentos educativos de todos los niveles y modalidades de la educación en nuestra región, cuya letra y música ha sido compuesta por el ciudadano Ilustre Sr. Luis Ángel Díaz Roldan, siendo la siguiente: HIMNO A LA REGION LIMA En el mar tus riquezas pesqueras en tus valles la fertilidad y en los suelos de nuestras alturas la abundancia minera y el sol. Desde Huaura, Huaral y Barranca hasta Yauyos, Canta y Huarochirí con Cañete, Oyón y Cajatambo costa y sierra, así es nuestra región. (1) Región Lima tu eres historia primer grito de la libertad por la gloria de nuestro pasado y el futuro de nuestra región, hoy tus hijos cantamos unidos en el norte, en el centro y el sur.

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