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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2018 (03/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Sábado 3 de marzo de 2018 El Peruano / encargue a la Secretaria General remita el acto recaído en los presentes actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para conocimiento y fi nes, disponiendo al mismo tiempo su publicación de acuerdo a Ley; Que, mediante Dictamen Nº 02-2018-CDSyH-MPC de fecha 16 de febrero de 2018, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere, aprobar la Ordenanza que convoca a elecciones de autoridades municipales del Centro Poblado San Benito del distrito de Imperial, para el día 24 de junio de 2018, con la fi nalidad de no contravenir lo establecido en el Art. 2° de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados; 2) Que, la Ordenanza que convoca a elecciones de autoridades municipales de los centros poblados antes referidos se publique en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con el Art. 44° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, remitir el dictamen con sus antecedentes ante su despacho a fi n de poner en conocimiento al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y pronunciamiento; Que, el Gerente de Desarrollo Social y Humano y encargado de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, expuso que de acuerdo a la base de datos que maneja, las autoridades electas en el Centro Poblado San Benito del distrito de Imperial, provincia de Cañete, cuyo mandato es del 2014 - 2018, debiendo convocarse las elecciones para el 08 de julio de 2018, por ello solicita al pleno la aprobación correspondiente para brindarle el trámite y avanzar con el trabajo en equipo coordinando con la ONPE, Municipalidad, Gerencia y pobladores de dicho centro poblado; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 8 del Art. 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME del Pleno de Concejo y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE CONVOCA A ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO “SAN BENITO” – IMPERIAL Artículo 1°.- CONVOCAR A ELECCIÓN DEL ALCALDE Y REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SAN BENITO - IMPERIAL, PROVINCIA DE CAÑETE, PARA EL DÍA 08 DE JULIO DE 2018;conforme al cronograma de acciones y actividades elaboradas por la Sub Gerencia de Participación Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Cañete, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- DISPONER que las elecciones se regirán por la Ley N° 28440 - Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la Ordenanza N° 011-2007-MPC - Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete, la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales y la Ley N° 26859 – Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable. Artículo 3°.- DISPONER a la Gerencia de Secretaria General remita la presente Ordenanza al JNE, conforme al Art. 2° de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Cañete, otorgarán los recursos necesarios que demanda la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 5°.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial el Peruano, en cumplimiento al Art. 5° del Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN AlcaldeCRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DEL CENTRO POBLADO SAN BENITO DEL DISTRITO DE IMPERIAL – CAÑETE CONVOCATORIA A ELECCIONES SEGÚN ORDENANZA 09 DE MARZO 2018 PUBLICACIÓN PREVIA DEL PADRON ELECTORAL 24 DE MARZO 2018PRESENTACIÓN DE TACHAS AL PADRÓN ELECTORAL 26 AL 28 DE MARZOPUBLICACIÓN DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL. 29 DE MARZO 2018 ELECCION DEL COMITÉ ELECTORAL 08 DE ABRIL 2018 INSCRIPCION DE LISTAS DE PARTICIPANTES 24 ABRIL AL 08 MAYOPUBLICACION DE LISTA DE PARTICIPANTES 09 MAYO DE 2018PRESENTACIÓN DE TACHAS A LISTAS DE PARTICIPANTES 12 AL 14 DE MAYORESOLUCION DE TACHAS 15 AL 17 DE MAYOAPELACION A LA RESOLUCION DEL COMITE 18 AL 20 DE MAYORESOLUCION DE APELACION 21 AL 23 DE MAYO PUBLICACIÓN DE LISTAS DEFINITIVAS 24 DE MAYO 2018 SORTEO DE UBICACIÓN EN LA CEDULA 25 DE MAYO 2018SORTEO DE MIEMBROS DE MESA 08 DE JUNIO 2018PUBLICACION DE LOS MIEMBROS DE MESA Y LOCAL DE VOTACION 10 DE JUNIO 2018 CAPACITACION A LOS MIEMBROS DE MESA 01 DE JULIO 2018 CIERRE DE PROPAGANDA ELECTORAL 05 DE JULIO 2018 ELECCIONES 08 DE JULIO 2018RESULTADOS OFICIALES 11 DE JULIO 2018PRESENTACION DE IMPUGNACIONES CONTRA EL RESULTADO 12 AL 14 DE JULIO RESOLUCION DE IMPUGNACIONES 15 AL 17 DE JULIO APELACION A LA RESOLUCION DE IMPUGNACION 18 AL 20 DE JULIO RESOLUCION DE LA APELACION 21 AL 23 DE JULIO 1621818-1 Otorgan beneficio de amnistía no tributaria para pago de deudas por infracciones al tránsito y al transporte, y por deudas no tributarias originadas por concepto de internamiento de vehículos ORDENANZA N°005-2018-MPC Cañete, 26 de febrero del 2018EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 23 de febrero del 2018, el Informe Nº 009-2018-GTSV-MPC de fecha 19 de enero del 2018 de la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete; y CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su Art.° 194 (modi fi cada por la Ley N° 28607 - Ley de Reforma Constitucional) concordante con el Art° 11 del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando que, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa; ante ello cabe decir, que la ordenanza es una norma de carácter general, abstracta y obligatoria dentro del territorio sobre el cual ejerce jurisdicción la