Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2018 (03/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 3 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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encargue a la Secretaria General remita el acto recaído en los presentes actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para conocimiento y fines, disponiendo al mismo tiempo su publicación de acuerdo a Ley; Que, mediante Dictamen Nº 02-2018-CDSyH-MPC de fecha 16 de febrero de 2018, la Comisión de Desarrollo Social y Humano, sugiere, aprobar la Ordenanza que convoca a elecciones de autoridades municipales del Centro Poblado San Benito del distrito de Imperial, para el día 24 de junio de 2018, con la finalidad de no contravenir lo establecido en el Art. 2° de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados; 2) Que, la Ordenanza que convoca a elecciones de autoridades municipales de los centros poblados antes referidos se publique en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el Art. 44° de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo, remitir el dictamen con sus antecedentes ante su despacho a fin de poner en conocimiento al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y pronunciamiento; Que, el Gerente de Desarrollo Social y Humano y encargado de la Sub Gerencia de Participación Ciudadana, expuso que de acuerdo a la base de datos que maneja, las autoridades electas en el Centro Poblado San Benito del distrito de Imperial, provincia de Cañete, cuyo mandato es del 2014 - 2018, debiendo convocarse las elecciones para el 08 de julio de 2018, por ello solicita al pleno la aprobación correspondiente para brindarle el trámite y avanzar con el trabajo en equipo coordinando con la ONPE, Municipalidad, Gerencia y pobladores de dicho centro poblado; Estando a lo expuesto, y de conformidad con el numeral 8 del Art. 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME del Pleno de Concejo y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE CONVOCA A ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO "SAN BENITO" ­ IMPERIAL Artículo 1°.- CONVOCAR A ELECCIÓN DEL ALCALDE Y REGIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SAN BENITO - IMPERIAL, PROVINCIA DE CAÑETE, PARA EL DÍA 08 DE JULIO DE 2018;conforme al cronograma de acciones y actividades elaboradas por la Sub Gerencia de Participación Ciudadana de la Municipalidad Provincial de Cañete, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2°.- DISPONER que las elecciones se regirán por la Ley N° 28440 - Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, la Ordenanza N° 011-2007-MPC - Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete, la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales y la Ley N° 26859 ­ Ley Orgánica de Elecciones, en cuanto fuera aplicable. Artículo 3°.- DISPONER a la Gerencia de Secretaria General remita la presente Ordenanza al JNE, conforme al Art. 2° de la Ley de Elecciones de Autoridades Municipales de Centros Poblados. Artículo 4°.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Cañete, otorgarán los recursos necesarios que demanda la aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 5°.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial el Peruano, en cumplimiento al Art. 5° del Reglamento para las Elecciones, Revocatoria y Vacancia de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Cañete. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde

CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DEL CENTRO POBLADO SAN BENITO DEL DISTRITO DE IMPERIAL ­ CAÑETE
CONVOCATORIA A ELECCIONES SEGÚN ORDENANZA PUBLICACIÓN PREVIA DEL PADRON ELECTORAL PRESENTACIÓN DE TACHAS AL PADRÓN ELECTORAL PUBLICACIÓN DEFINITIVA DEL PADRON ELECTORAL. ELECCION DEL COMITÉ ELECTORAL INSCRIPCION DE LISTAS DE PARTICIPANTES PUBLICACION DE LISTA DE PARTICIPANTES PRESENTACIÓN DE TACHAS A LISTAS DE PARTICIPANTES RESOLUCION DE TACHAS APELACION A LA RESOLUCION DEL COMITE RESOLUCION DE APELACION PUBLICACIÓN DE LISTAS DEFINITIVAS SORTEO DE UBICACIÓN EN LA CEDULA SORTEO DE MIEMBROS DE MESA PUBLICACION DE LOS MIEMBROS DE MESA Y LOCAL DE VOTACION CAPACITACION A LOS MIEMBROS DE MESA CIERRE DE PROPAGANDA ELECTORAL ELECCIONES RESULTADOS OFICIALES PRESENTACION DE IMPUGNACIONES CONTRA EL RESULTADO RESOLUCION DE IMPUGNACIONES APELACION A LA RESOLUCION DE IMPUGNACION RESOLUCION DE LA APELACION 09 DE MARZO 2018 24 DE MARZO 2018 26 AL 28 DE MARZO 29 DE MARZO 2018 08 DE ABRIL 2018 24 ABRIL AL 08 MAYO 09 MAYO DE 2018 12 AL 14 DE MAYO 15 AL 17 DE MAYO 18 AL 20 DE MAYO 21 AL 23 DE MAYO 24 DE MAYO 2018 25 DE MAYO 2018 08 DE JUNIO 2018 10 DE JUNIO 2018 01 DE JULIO 2018 05 DE JULIO 2018 08 DE JULIO 2018 11 DE JULIO 2018 12 AL 14 DE JULIO 15 AL 17 DE JULIO 18 AL 20 DE JULIO 21 AL 23 DE JULIO

1621818-1

Otorgan beneficio de amnistía no tributaria para pago de deudas por infracciones al tránsito y al transporte, y por deudas no tributarias originadas por concepto de internamiento de vehículos
ORDENANZA N°005-2018-MPC Cañete, 26 de febrero del 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 23 de febrero del 2018, el Informe Nº 009-2018-GTSV-MPC de fecha 19 de enero del 2018 de la Gerencia de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Cañete; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Art.° 194 (modificada por la Ley N° 28607 - Ley de Reforma Constitucional) concordante con el Art° 11 del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisando que, la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa; ante ello cabe decir, que la ordenanza es una norma de carácter general, abstracta y obligatoria dentro del territorio sobre el cual ejerce jurisdicción la

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