Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2018 (16/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 16 de marzo de 2018 /

El Peruano

Artículo Segundo.- Aprobar los lineamientos para el funcionamiento de la mencionada comisión; que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Delegar al señor Presidente del Poder Judicial, la facultad de designar a los integrantes de la "Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial"; así como, a su Secretario Técnico y un Asesor Especializado. Artículo Cuarto.- La Gerencia General del Poder Judicial, efectuará los estudios presupuestales y técnicos correspondiente. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ATENCIÓN AL USUARIO JUDICIAL I. OBJETO.1.1. Establecer el diagnóstico de los principales problemas que tienen los usuarios del Servicio de Administración de Justicia a nivel nacional. 1.2. Medir los niveles de satisfacción en los usuarios del Servicio, a través del monitoreo constante por encuestas. 1.3. Conocer quien es el usuario de los órganos jurisdiccionales, y los motivos de sus gestiones. 1.4. Evaluar el acceso a las sedes de los órganos jurisdiccionales. 1.5. Conocer las sugerencias del usuario para la mejora del Poder Judicial. 1.6. Coordinar con la Gerencia de Desarrollo Corporativo de la Gerencia General del Poder Judicial, el manejo de la información relativa a la mejora en la atención de los aspectos no jurisdiccionales del Poder Judicial. 1.7. Mantener una base de datos estadística de la información que recopile, para la definición de políticas públicas y adopción de disposiciones administrativas. 1.8. Proponer planes de capacitación, tendientes a la mejora de la calidad del servicio brindado por este Poder del Estado. 1.9. Proponer otras medidas para mejorar la atención de los usuarios del servicio de administración de justicia a nivel nacional. II. FINALIDAD.2.1. Mejorar el servicio de administración de justicia para la satisfacción oportuna de los usuarios del mismo; y, con ello, superar los estándares en la imagen del Poder Judicial. III. ALCANCE.3.1. La Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial realizará sus actividades a nivel de la Corte Suprema de Justicia, las 34 Cortes Superiores de Justicia de la República, Sala Penal Nacional; y el Sistema Nacional de Delitos de Corrupción de Funcionarios; precisando que no está facultada a intervenir o pronunciarse en asuntos de naturaleza jurisdiccional; y otros asuntos atribuidos a la competencia exclusiva de otros órganos. IV. BASE LEGAL.4.1. Constitución Política del Perú, artículos 138°, 139°, 143°, 144° y 146°. 4.2. Decreto Supremo N° 17-93-JUS, TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4.3. Decreto Supremo N° 42-2011-PCM, creación del Libro de Reclamaciones.

4.4. Plan de Desarrollo Institucional del Poder Judicial 2009-2018. 4.5. Resolución Administrativa N° 232-2009-CE-PJ, que aprobó la Directiva N° 007-2009-CE-PJ "Normas para el funcionamiento de los Terminales de Atención al Usuario Judicial". 4.6. Resolución Administrativa N° 111-2016-CE-PJ, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia. 4.7. Resolución Administrativa N° 312-2017-CE-PJ, que dispone la implementación del Libro de Reclamaciones en la Corte Suprema de Justicia y Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. V. RESPONSABLE.5.1. El Juez Supremo Titular designado por la Presidencia del Poder Judicial como Presidente de la Comisión, será el responsable de conducir y proponer las acciones pertinentes en la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial; reporta directamente al Titular de este Poder del Estado. VI. ÁMBITO DE COMPETENCIA TERRITORIAL.6.1. La Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial tiene competencia en toda la República, su sede se ubica en la ciudad de Lima. VII. ESTRUCTURA ORGANICA Y FUNCIONES.7.1. Órgano de Gestión (Presidencia de la Corte Suprema de Justicia) La Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, es el órgano de gobierno que dirige la Corte Suprema de Justicia y al Poder Judicial; y que en relación a la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, tiene las siguientes atribuciones: - Promover el mejoramiento de la calidad del servicio de administración de justicia. - Supervisar la labor de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial. - Impulsar la ejecución de las recomendaciones formuladas por la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, en los distintos órganos de gobierno del Poder Judicial. - Las demás que corresponda por la investidura que ostenta. 7.2. Órgano de Dirección (Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, más apoyo técnico). La Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial, es el órgano rector de máxima autoridad de carácter permanente que dirige la política institucional para la mejora en la atención al usuario judicial; enfocada en obtener diagnósticos técnicos y especializados que permita la mejora de la calidad del servicio brindado a los justiciables, coordinando con tal propósito con la Gerencia de Desarrollo Corporativo del Poder Judicial. Funciones de la Comisión Nacional de Atención al Usuario Judicial: - Planificar, conducir, coordinar, supervisar, monitorear y evaluar de manera integral la política institucional en materia de mejora de la calidad del servicio brindado a los justiciables a nivel nacional. - Proponer a la Presidencia del Poder Judicial la adopción de medidas pertinentes, conducentes a brindar un óptimo servicio al usuario judicial. - Coordinar con la Gerencia de Desarrollo Corporativo y la Subgerencia de Atención de Propuestas Ciudadanas del Poder Judicial, el desarrollo de sus actividades, debiendo estas últimas suministrarles la información pertinente. - Proponer planes de capacitación, tendientes a la mejora de la calidad del servicio brindado por este Poder del Estado. - Impulsar la sensibilización y formación de los operadores de justicia, para alcanzar su identificación con comportamientos positivos que incidan en la mejora de la percepción externa del servicio que se brinda.

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