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84 NORMAS LEGALES Sábado 17 de marzo de 2018 / El Peruano HUÁNUCO, a fin de organizar, difundir y monitorear la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático, articulando e integrando la participación del Gobierno Regional, los Gobiernos Provinciales y Distritales de la Región, de las entidades públicas y privadas que promueven el desarrollo de la Región Huánuco, debiendo de informar a la sociedad civil y población en general acerca de las prioridades, desafíos, avances y logros en la gestión integrada del Cambio Climático en la Región Huánuco. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realizar acciones conjuntas para proponer mecanismos técnicos, financieros, normativos ante el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco, a fin de que las acciones estratégicas y cartera de proyectos de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco y su Plan de Implementación 2017-2021 se prioricen, implementen, monitoreen y evalúen en forma descentralizada, transparente, ampliamente participativa y democrática. Promoviendo la incorporación de la cartera de proyectos del Plan de Implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Huánuco a la programación multianual de inversiones de nivel regional y locales, alineando su implementación a las Contribuciones Nacionalmente Determinadas en adaptación y emisiones. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Infraestructura, Direcciones Regionales y Gobiernos Locales la implementación de las acciones estratégicas de adaptación, mitigación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) e institucionalidad, en los Planes Estratégicos Sectoriales, Planes Operativos Anuales, debiendo formalizar acciones técnico administrativas para su ejecución en el marco de sus competencias y funciones. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y posterior publicación en la Página Web Institucional. Artículo Séptimo- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 08 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 09 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. RUBEN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1626544-1 Aprueban la Actualización del Plan Regional Exportador Huánuco 2025 ORDENANZA REGIONAL N° 081-2018-GRHCO. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO.POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 02 de febrero de 2018; VISTO:El Dictamen N° 001-2018-GRH-CR/CPDE de fecha 26 de enero de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico del Consejo Regional Huánuco, sobre “Aprobar el Plan Regional Exportador Huánuco – PERX Huánuco 2025”, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y conforme lo prescribe el artículo 4° de la misma Ley, es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Asimismo, el artículo 6° de la precitada Ley establece, el Desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y e fi caz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico sostenible en su respectivo ámbito geográ fi co; ejerciendo los Gobiernos Regionales las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización; Que, el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y el artículo 13° de la misma ley, establece que el Consejo Regional integra la estructura básica de los Gobiernos Regionales, constituyendo como órgano normativo y fi scalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, por otro lado el inciso g) del artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 establece como competencia exclusiva “Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía. La actividad forestal y otros sectores productivos de acuerdo a sus potencialidades”, concordante con EL artículo 55° sobre funciones en materia de comercio determinadas en los incisos a): Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y programas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con las entidades del sector público competentes en la materia; y c) Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales; Que, la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha seleccionado a la Región Huánuco dentro de las primeras seis regiones para el proceso de actualización de los PERXs debido a que destaca por reunir un capital natural basado en la diversidad de pisos ecológicos que generan una amplia oferta de productos agroindustriales; Que, el PERX Huánuco 2025, de fi ne tres (3) objetivos estratégicos, cuatro (4) pilares y 41 acciones especí fi cas para cuatro (4) cadenas productivas exportadoras: Cacao