Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de marzo de 2018 /

El Peruano

HUÁNUCO, a fin de organizar, difundir y monitorear la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático, articulando e integrando la participación del Gobierno Regional, los Gobiernos Provinciales y Distritales de la Región, de las entidades públicas y privadas que promueven el desarrollo de la Región Huánuco, debiendo de informar a la sociedad civil y población en general acerca de las prioridades, desafíos, avances y logros en la gestión integrada del Cambio Climático en la Región Huánuco. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realizar acciones conjuntas para proponer mecanismos técnicos, financieros, normativos ante el Consejo Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco, a fin de que las acciones estratégicas y cartera de proyectos de la Estrategia Regional de Cambio Climático de la Región Huánuco y su Plan de Implementación 20172021 se prioricen, implementen, monitoreen y evalúen en forma descentralizada, transparente, ampliamente participativa y democrática. Promoviendo la incorporación de la cartera de proyectos del Plan de Implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático de Huánuco a la programación multianual de inversiones de nivel regional y locales, alineando su implementación a las Contribuciones Nacionalmente Determinadas en adaptación y emisiones. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Gerencia Regional de Infraestructura, Direcciones Regionales y Gobiernos Locales la implementación de las acciones estratégicas de adaptación, mitigación de Gases de Efecto Invernadero (GEI) e institucionalidad, en los Planes Estratégicos Sectoriales, Planes Operativos Anuales, debiendo formalizar acciones técnico administrativas para su ejecución en el marco de sus competencias y funciones. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", y posterior publicación en la Página Web Institucional. Artículo Séptimo- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 08 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. HAIBER P. ECHEVARRÍA RODRÍGUEZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 09 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. RUBEN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1626544-1

POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 02 de febrero de 2018; VISTO: El Dictamen N° 001-2018-GRH-CR/CPDE de fecha 26 de enero de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico del Consejo Regional Huánuco, sobre "Aprobar el Plan Regional Exportador Huánuco ­ PERX Huánuco 2025", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y conforme lo prescribe el artículo 4° de la misma Ley, es fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Asimismo, el artículo 6° de la precitada Ley establece, el Desarrollo Regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico sostenible en su respectivo ámbito geográfico; ejerciendo los Gobiernos Regionales las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitución y la Ley de Bases de la Descentralización; Que, el inciso a) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales dispone que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y el artículo 13° de la misma ley, establece que el Consejo Regional integra la estructura básica de los Gobiernos Regionales, constituyendo como órgano normativo y fiscalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, por otro lado el inciso g) del artículo 10° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867 establece como competencia exclusiva "Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía. La actividad forestal y otros sectores productivos de acuerdo a sus potencialidades", concordante con EL artículo 55° sobre funciones en materia de comercio determinadas en los incisos a): Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y programas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con las entidades del sector público competentes en la materia; y c) Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales; Que, la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha seleccionado a la Región Huánuco dentro de las primeras seis regiones para el proceso de actualización de los PERXs debido a que destaca por reunir un capital natural basado en la diversidad de pisos ecológicos que generan una amplia oferta de productos agroindustriales; Que, el PERX Huánuco 2025, define tres (3) objetivos estratégicos, cuatro (4) pilares y 41 acciones específicas para cuatro (4) cadenas productivas exportadoras: Cacao

Aprueban la Actualización del Plan Regional Exportador Huánuco 2025
ORDENANZA REGIONAL N° 081-2018-GRHCO. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO.

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