Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2018 (20/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Martes 20 de marzo de 2018 /

El Peruano

23. Establecer mecanismos que faciliten la orientación al público en general en materia de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones y el acceso a sus requisitos y formatos. 24. Elaborar propuestas de procedimientos para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad en edificaciones. 25. Planificar, ejecutar y monitorear las acciones de preparación, respuesta y rehabilitación, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión de Desastres, observando el principio de subsidiariedad. 26. Desarrollar acciones para el fortalecimiento y mejora de las capacidades humanas y el equipamiento para la respuesta en situación de emergencia y desastre. 27. Fortalecer, en el ámbito de la competencia Municipal, la gestión de recursos tanto e infraestructura como de ayuda humanitaria obtenida mediante fondos públicos, de la movilización nacional y de la cooperación internacional. 28. Desarrollar y fortalecer los sistemas de vigilancia y monitoreo de peligros, así como los medios de comunicación y difusión, para que las autoridades y la población, en el ámbito distrital conozcan los riesgos existentes, las medidas adecuadas de respuesta ante desastres y cuenten con mecanismos de coordinación ante la ocurrencia de una emergencia o desastre. 29. Desarrollar y coordinar la atención de las emergencias y desastres, a fin de promover acciones de autoayuda y asistencia humanitaria a las poblaciones damnificadas. 30. Desarrollar y ejecutar mecanismos de coordinación con las entidades que tienen competencia de brindar atención de salud, a fin de asegurar su colaboración en situaciones de emergencias y desastres a las personas afectadas y con necesidades de salud públicas. 31. Desarrollar y ejecutar mecanismos para la coordinación de acciones orientadas a restablecer asegurar la continuidad de los servicios públicos básicos e infraestructura en la jurisdicción de la Municipalidad afectada por una emergencia o desastre, así como la infraestructura que permita a la población volver a sus actividades habituales. 32. Formular propuestas de espacios de coordinación y mecanismos de articulación de defensa civil y Gestión del Riesgo de Desastres, en la jurisdicción de la Municipalidad, y monitorear y brindar asistencia técnica durante su funcionamiento. 33. Operar el Almacén de Bienes de Ayuda Humanitaria y de los Almacenes comunitarios, que forman parte dela jurisdicción de Carabayllo.

34. Promover y brindar asistencia técnica para la formulación de los Reglamentos Internos e instrumentos de gestión del Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres y de la Plataforma de Defensa Civil y otros espacios y mecanismos de coordinación, según corresponda. 35. Programar, preparar y facilitar la movilización, en la jurisdicción de la Municipalidad, y conforme a la normativa que regula la materia. 36. Desarrollar acciones tendientes a generar una cultura de prevención en las entidades privadas, entidades públicas y población en la jurisdicción de Carabayllo, y organizar, ejecutar y monitorear las acciones. EQUIPO FUNCIONAL DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL Artículo 120º.- Entiéndase que el Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD, es un sistema transversal que involucra a todas las diferentes áreas públicas y privadas por ese motivo y haciéndose el análisis respectivo de la Ley Nacional de Movilización y la Ley del SINAGERD, se concluye que dependerá jerárquicamente de la Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres. Artículo 120-Aº.- El Equipo Funcional de Seguridad y Defensa Nacional, cuenta con las siguientes funciones: 1. Asesorar, organizar, programar, ejecutar y supervisar, las acciones de seguridad y defensa nacional en nuestra jurisdicción. 2. Coordinar y armonizar el esfuerzo de las entidades considerados en la política de seguridad y defensa nacional en nuestra jurisdicción. 3. Coordinar con el apoyo técnico y asesoría de los órganos, programas y proyectos de la municipalidad y de sus organismos públicos y entidades adscritas, para el fortalecimiento de capacidades en el marco de sus competencias. 4. Mantener relación técnica con la dirección general de política y estrategia del Ministro de Defensa; 5. Proponer los planes, objetivos, estrategias y evaluar las acciones del sector en materia de seguridad y defensa nacional, y del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - SINAGERD, en concordancia con las orientaciones técnicas que emitan los órganos rectores; 6. Formular y actualizar los estudios básicos sectoriales que requiere la seguridad y defensa nacional en los campos políticos, económico y psicosocial, así como en lo relativo a la gestión de riesgos de desastres;

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe

4.

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