Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2018 (22/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 22 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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la fiscalización ambiental a su cargo, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental. Artículo 6.- Financiamiento Las acciones que realicen el MINSA y el OEFA, en el marco del proceso de transferencia de funciones de supervisión, fiscalización y sanción, en lo que se refiere a la infraestructura de residuos sólidos, al que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se sujetan a sus presupuestos institucionales respectivos, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público. Artículo 7.- Refrendos EI presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra del Ambiente y el Ministro de Salud. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- Las demás funciones de fiscalización ambiental del MINSA, distintas a aquellas establecidas en el Decreto Legislativo N° 1278, serán transferidas al OEFA según el Cronograma de Transferencia de Funciones de las Autoridades Sectoriales al OEFA, que para tal efecto se apruebe, de acuerdo a lo establecido en las normas de la materia. Segunda.- Para efectos del cumplimiento de las funciones establecidas en el literal c) del artículo 16 del Decreto Legislativo N° 1278, el MINSA individualizará el acervo documentario correspondiente a los Planes de Recuperación de Áreas Degradadas aprobados y lo pondrá a disposición del OEFA en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contado desde la vigencia del presente Decreto Supremo. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.Los procedimientos administrativos sancionadores iniciados antes de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo continuarán siendo atendidos por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del MINSA hasta su conclusión, mediante la emisión de la resolución firme o consentida en sede administrativa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1629081-4

Que, mediante Resolución Ministerial N° 452-2017-MC de fecha 15 de noviembre de 2017, se crea la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de proponer los lineamientos que servirán de guía para el desempeño del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social"; cuyo artículo 9 señala que en ciento veinte (120) días calendario contados a partir de su instalación, la Comisión Sectorial presentará al Titular del Ministerio de Cultura el informe final que contenga la propuesta de lineamientos, así como las recomendaciones sobre las líneas de acción fundamentales a adoptar por la precitada área funcional para la optimización de sus servicios en beneficio de la ciudadanía; Que, a través del documento de Visto, la funcionaria encargada del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social", informa que la instalación de la Comisión se llevó a cabo el 21 de noviembre de 2017, por lo que el plazo para la presentación de su informe final vence el 21 de marzo de 2018; sin embargo, considerando que las reuniones programadas por la Comisión no pudieron llevarse a cabo conforme al cronograma de trabajo preestablecido debido a las renuncias presentadas a finales del año 2017 por los señores Ministros de las carteras de Defensa, Cultura e Interior, cuyos representantes forman parte de la Comisión; solicita se amplíe el plazo de su vigencia por setenta (70) días adicionales, a fin que se pueda cumplir con las funciones encomendadas a través de la Resolución Ministerial N° 452-2017-MC; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliar el plazo de vigencia de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de proponer los lineamientos que servirán de guía para el desempeño del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social", creada por Resolución Ministerial N° 452-2017-MC; por setenta (70) días calendario adicionales. Artículo 2.- Disponer que se notifique la presente resolución a los miembros que conforman la Comisión Sectorial señalada en el artículo precedente. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO NEYRA Ministro de Cultura 1628683-1

ECONOMIA Y FINANZAS CULTURA
Amplian plazo de vigencia de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, encargada de proponer los lineamientos que servirán de guía para el desempeño del Área Funcional "Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social", creada por R.M. N° 452-2017-MC
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2018-MC Lima, 20 de marzo de 2018 VISTO, el Informe N° SS0004-2018-LUM/SG/MC del Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social del Ministerio de Cultura; y,

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque
DECRETO SUPREMO Nº 063-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 452: Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque; Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2003-VIVIENDA se considera efectuada la transferencia del Proyecto Especial Olmos Tinajones al

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