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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2018 (22/03/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 22 de marzo de 2018 / El Peruano RPREDI; y, v) 01 Proyecto de Reto Perú Resiliente EI – RPREI; b) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM: i) 01 Proyecto de Innovación Productiva de Empresas Individuales – PIPEI; ii) 01 Proyecto de Innovación para Microempresas – PIMEN; iii) 09 Proyectos Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales – CMCEI; iv) 02 Proyectos de Validación y Empaquetamiento de Innovaciones – PVE; y, v) 02 Proyectos Sectorial de Innovación – PSI. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 300-2014-PRODUCE; 317-2014-PRODUCE y 063-2018-PRODUCE. SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señalas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de UN MILLÓN CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 17/100 SOLES (S/ 1 055 696.17), correspondiendo a las fuentes de fi nanciamientos 1. Recursos Ordinarios, hasta por el monto de S/ 253 161.40 y 5. Recursos Determinados, hasta por el monto de S/ 802 534.77, destinadas a cofi nanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Contrato de Préstamo No 2693/OC-PE “Innovación para la Competitividad” y, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Coordinación Ejecutiva, así como en la Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se re fi ere el artículo 1° de la presente Resolución de Coordinación Ejecutiva se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO AFUSO HIGA Coordinador EjecutivoPrograma Nacional de Innovación parala Competitividad y Productividad 1628341-1 RELACIONES EXTERIORES Dan término al nombramiento de Directora Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Cusco, departamento de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0160-RE-2018 Lima, 20 de marzo de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N.° 0929-2016- RE, se nombró a la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Carmen del Rocío Azurín Araujo, como Directora Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Cusco, departamento de Cusco, desde el 24 de octubre de 2016; Que, por necesidad del Servicio, se requiere dar término al nombramiento de la citada funcionaria diplomática, como Directora Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Cusco, departamento de Cusco; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Decreto Supremo N.º 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Decreto Supremo N.º 020-2002-RE y modi fi catorias, que dispone la creación de las O fi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Resolución Ministerial N.° 0579-2002-RE y modi fi catorias referida a “Normas para la Implementación y Funcionamiento de O fi cinas Descentralizadas”; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar término al nombramiento de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Carmen del Rocío Azurín Araujo, como Directora Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Cusco, departamento de Cusco, el 31 de marzo de 2018. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores 1629077-1 Delegan diversas facultades en el Secretario General y en el Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0165-RE-2018 Lima, 20 de marzo de 2018CONSIDERANDO:Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en ese marco, el artículo 9 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone, entre otros aspectos, que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector Relaciones Exteriores y es el titular del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar en los empleados públicos de su Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función. Asimismo, el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establece que el Ministro de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio