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19 NORMAS LEGALES Jueves 22 de marzo de 2018 El Peruano / Presupuesto, el Informe N° 066-2018-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorando N° 090-2018-MIMP/OGA de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 26918 se crea el Sistema Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la fi nalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en general toda persona en situación de riesgo y abandono o con problemas síquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; norma que a través de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la forma y plazo en el cual las Sociedades de Bene fi cencia Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio de Economía y Finanzas continuará trans fi riendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, la cual establece en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ámbito de competencia el ejercicio de la rectoría sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros; Que, a través del artículo 15 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP a efectuar, mediante resolución del Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de su competencia como apoyo para el pago de remuneraciones y pensiones, requiriéndose para ello el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias; así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Bene fi cencia Pública y los referidos a personas adultas mayores y sus derechos; Que, en mérito a lo señalado, mediante Memorando N° 157-2018-MIMP/DGFC del 20 de marzo de 2018, la Dirección General de la Familia y la Comunidad ha solicitado la transferencia de recursos fi nancieros, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 61/100 SOLES (S/ 469,806.61), a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP, correspondiente al pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de marzo de 2018 de las citadas Sociedades de Bene fi cencia Pública, cuya relación obra en el Anexo adjunto al Informe N° 019-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, el cual la referida Dirección General hace suyo; Que, con Memorando N° 143-2018-MIMP/OGPP del 20 de marzo de 2018, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 066-2018-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable y otorga la correspondiente Certi fi cación Presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 61/100 SOLES (S/ 469,806.61), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especí fi ca de gastos “2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Públicas” y de acuerdo a las metas presupuestarias señaladas en el Cuadro N° 1 que obra en el referido Informe, para la transferencia fi nanciera a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de competencia del MIMP consignadas en el citado Cuadro, correspondiente al pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de marzo de 2018 de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia Pública; Que, mediante Memorando N° 090-2018-MIMP/OGA del de 21 marzo de 2018, la O fi cina General de Administración ha manifestado su conformidad con la transferencia fi nanciera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorando N° 157-2018-MIMP/DGFC, que adjunta, entre otros documentos, el proyecto de resolución ministerial que aprueba la citada transferencia con su visto bueno correspondiente; Que, en tal sentido, a fi n de efectivizar el pago de la planilla de pensiones y remuneraciones de los pensionistas y trabajadores de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según Anexo adjunto al Informe N° 019-2018-MIMP-DGFC-DIBP-AACG de la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, resulta pertinente emitir el acto por el cual se apruebe la transferencia fi nanciera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 61/100 SOLES (S/ 469,806.61), correspondiente al mes de marzo de 2018, a favor de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia Pública 2018; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 26918, Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo – SPR; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 61/100 SOLES (S/ 469,806.61), a favor de las Sociedades de Bene fi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, correspondiente al pago de la planilla de pensiones y remuneraciones del mes de marzo de 2018 de las mencionadas Sociedades de Bene fi cencia Pública. Artículo 2.- La O fi cina General de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Bene fi cencia Pública efectúan las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar sobre estas a la Dirección de Bene fi cencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deben ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, y la O fi cina General de Administración, en el marco de sus competencias, son los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los recursos materia de la presente transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA CHOQUEHUANCA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1629056-1