Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2018 (04/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de mayo de 2018 /

El Peruano

Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y a la señora María del Carmen Mendívil Colpaert. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1644069-1

Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERÚ S.A.C., la Renovación del Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 08 de mayo del 2018, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 219-2014-MTC/12 del 24 de abril del 2014. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERÚ S.A.C. deberá contar con el Certificado de Explotador correspondiente, así como sus Especificaciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico ­ financiera. NATURALEZA DEL SERVICIO:

Otorgan a Helicopter Transport Services del Perú S.A.C. la renovación de permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 281-2018-MTC/12 Lima, 28 de marzo del 2018 Vista la solicitud de la empresa HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERÚ S.A.C., sobre la Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, la empresa HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERÚ S.A.C. cuenta con el Certificado de Explotador Nº 093 expedido el 09 de febrero del 2015 bajo las Regulaciones Aeronáuticas del Perú ­ RAP 119NE, RAP 135NE y RAP 133; Que, mediante Resolución Directoral Nº 219-2014MTC/12 del 24 de abril del 2014 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 07 de mayo del 2014, se otorgó a la empresa HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERÚ S.A.C. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 08 de mayo del 2014 vigente hasta el 08 de mayo del 2018; Que, mediante Expediente Nº T-024475-2018 del 26 de enero del 2018 la empresa HELICOPTER TRANSPORT SERVICES DEL PERÚ S.A.C., solicitó la Renovación bajo los mismos términos de su Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorando Nº 1892018-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la Dirección General de Aeronáutica Civil, Memorando Nº 024-2018MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Informe Nº 047-2018-MTC/12.07.AUT emitido por la Coordinadora Técnica de Autorizaciones e Informe Nº 298-2018-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones, que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modificado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

- Aviación Comercial ­ Transporte Aéreo No Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Airbus 318 / 319 / 320 / 330 / 340. - Boeing 727 / 737 / 747 / 757 / 767 / 777 / 787 - Beechcraft 90 / 200 / 250 / 300 /350 / 1900 - Embraer 120 / 145 / 175 / 190 - Dash 8 100 / 200 / 300 / 400 - Cessna 206 / 207 / 208 / 210 /402 - Dornier 328 - Sikorsky CH54A, CH54B, SH64E, S-61N, S-58T - Bell 214ST, 212, 205, 206B, 407, 206LR/L3/L4 - AS350 BA / B1 / B2 - MD 520N ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Helipuerto El Valor - Estación 7, Helipuerto Kusu Grande - Estación 6, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote, Huascarán. DEPARTAMENTO: Apurímac - Andahuaylas, Helipuerto Las Bambas. DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Atico, Mollendo, Orcopampa. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuaman.

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