Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2018 (04/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de mayo de 2018 /

El Peruano

nacional para realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del procedimiento de su nacionalización; Que, el subnumeral 5.7.3 del numeral 5.7 de La Directiva señala que el trámite para la renovación de autorizaciones será el mismo aplicable a las solicitudes de autorización; Que, los numerales 5.1, 5.2 y 5.3 de La Directiva establecen las condiciones y requisitos documentales para solicitar la autorización como Entidad Verificadora para realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del régimen regular para el procedimiento de su nacionalización; Que, de conformidad con el numeral 5.7.2 de La Directiva, establece que "las solicitudes de renovación de las autorizaciones deberán ser presentadas a más tardar veinte (20) días hábiles antes de la fecha de expiración de la autorización que se solicita renovar". Al respecto, el presente procedimiento fue presentado con más de veinte (20) días hábiles anterior a la fecha de publicación de la Resolución Directoral N° 19212017-MTC/15; Que, el numeral 6.1 de La Directiva, respecto de la Inspección Técnica Vehicular en el Régimen Regular señala que los vehículos usados que ingresen al país a través del régimen regular de importación, deberán ser verificados en los puertos o almacenes aduaneros que se encuentren en la jurisdicción de la aduana de ingreso, para garantizar que estos cumplan los requisitos mínimos de calidad establecidos para la importación de vehículos usados por el Decreto Legislativo Nº 843 y modificatorias, su norma reglamentaria, las exigencias técnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehículos y la normativa vigente en materia de Límites Máximos Permisibles de emisiones contaminantes(...); Que, del análisis del expediente presentado por la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., se advierte que ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para la renovación de su autorización como Entidad Verificadora, según lo dispuesto en los numerales 5.2 y 5.3 de la Directiva; Que, de acuerdo al Informe N° 0428-2018-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se determina que la documentación presentada mediante los documentos indicados en vistos, cumplen con lo establecido en La Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Directiva N° 0032007-MTC/15 "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Verificadoras", aprobada mediante Resolución Directoral N° 12489-2007-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo mediante el artículo 3 del Decreto Supremo N° 022-2009-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Renovar la autorización como Entidad Verificadora a nivel nacional a la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A. otorgada mediante Resolución Directoral N° 1921-2017-MTC/15, por el plazo de un (1) año, la cual se encargará de realizar la inspección física y documentaria de los vehículos usados dentro del procedimiento de su nacionalización, para operar dentro del régimen regular de importación. Artículo 2.- La empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., deberá sujetar su actuación a la Directiva N° 003-2007MTC/15 "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Verificadoras aprobada por Resolución Directoral N° 12489-2007-MTC-15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante artículo 3 del Decreto Supremo N° 022-2009-MTC. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral, a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 4.- La empresa "EFE AUTOMOTRIZ S.A.", bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección

General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada de conformidad con el numeral 5.5.1.4 de La Directiva, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha Máxima de Presentación 01 de abril del 2019 01 de abril del 2020 01 de abril del 2021 01 de abril del 2022 01 de abril del 2023

Artículo 5.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos legales a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., los gastos que originen su publicación. Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral en el domicilio fiscal señalado por la empresa EFE AUTOMOTRIZ S.A., ubicado en la Av. Juan Pablo II N° 156, distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1644067-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aceptan renuncia de Directora de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 161-2018-VIVIENDA Lima, 3 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 250-2016-VIVIENDA, se designa a la señora Nubie Marali Chávez Tejeda, en el cargo de Directora de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la citada señora ha presentado su renuncia al cargo que viene desempeñando, correspondiendo aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Nubie Marali Chávez Tejeda, al cargo de Directora de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto

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