Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2018 (04/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Viernes 4 de mayo de 2018 /

El Peruano

Autorizan transferencias financieras del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2018-PRODUCE 3 de mayo de 2018 VISTOS; el Oficio Nº 185-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE del Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad; el Memorando N° 615-2018-PRODUCE/ OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe N° 182-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial N° 617-2017-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el Decreto Supremo N° 157-2012-EF aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 35 000 000,00), destinada a financiar parcialmente el "Proyecto de Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose, conforme a lo dispuesto por el artículo 4 de dicho Decreto Supremo, el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE; Que, el Decreto Supremo N° 003-2014-PRODUCE, crea el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, en el ámbito del Ministerio de la Producción, con el objetivo general de impulsar y consolidar la innovación para incrementar la competitividad y productividad de las empresas, sectores y economía en su conjunto; asimismo, establece la fusión por absorción a la Unidad Ejecutora 012: de la Presidencia del Consejo de Ministros con el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad del Ministerio de la Producción, correspondiéndole a la primera la calidad de absorbida; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo citado en el considerando precedente establece, entre otros, que el Proyecto Innovación para la Competitividad se ejecutará de acuerdo a las condiciones de viabilidad establecidas en el Proyecto con código SNIP N° 159771 y Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE, y que el Consejo Directivo a cargo de su ejecución será presidido por el Ministerio de la Producción; Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza para el presente año fiscal 2018, al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra el citado Programa, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación; señalando que dichas transferencias financieras y las subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción y se publican en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, requiriéndose el Informe favorable previo de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces; Que, la citada Disposición Complementaria Final a que se refiere el considerando precedente, dispone que el

Ministerio de la Producción es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos, señalando que los mismos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia u otorgamiento, según corresponda, conforme a la dispuesto en la citada Disposición Complementaria Final; asimismo, señala que el Ministerio de la Producción, mediante resolución de su titular, debe establecer los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones a las personas naturales y personas jurídicas privadas, así como para la evaluación por parte del Ministerio de la Producción de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas; Que, mediante Oficio N° 185-2018-PRODUCE/ INNÓVATE PERÚ.CE, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, remite al Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe N° 043-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ / UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, sustentando la necesidad de autorizar las trasferencias financieras a favor de ocho (08) entidades públicas, vinculadas a los Sectores Educación y Producción, señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 88/100 SOLES (S/ 1 695 604,88), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados a cofinanciar los instrumentos: i) 02 "Proyectos de Investigación Aplicada" ­ IA; ii) 02 "Proyectos de Extensionismo Tecnológico" ­ ET; iii) 02 Proyectos vinculados a las "Becas de Repatriación de Investigadores ­ BRI"; iv) 01 "Proyecto Innovación Social 2, Reto 1. Mejorar el acceso y la Gestión de agua saludable y segura en la Amazonia" ­ ISASS; y, v) 07 "Proyectos I+D+I ­ Reto BIO"- IDIBIO, en el marco del Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE y lo dispuesto por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, señalando que se cuenta con los recursos necesarios para otorgar las mencionadas transferencias y que los beneficiarios de los recursos vienen cumpliendo con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios y contratos respectivos, debidamente suscritos; Que, con Memorando N° 615-2018-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustentado en el Informe N° 182-2018-PRODUCE/OGPPM-OP, de su Oficina de Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza las transferencias financieras a favor de entidades públicas vinculadas a los Sectores Educación y Producción, hasta por la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUATRO Y 88/100 SOLES (S/ 1 695 604,88), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos, Actividad 5000444: Apoyo a la Investigación y Desarrollo para la Competitividad, destinadas a cofinanciar los desembolsos indicados anteriormente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencias Financieras Autorizar las transferencias financieras del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 004:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.