Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2018 (18/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de mayo de 2018 /

El Peruano

realizar ajustes a sus planes operativos, los cuales estuvieron vinculados a los siguientes casos: ajustes en los plazos para el desarrollo de sus acciones, con la finalidad de realizar mejoras en sus procesos que les permitan asegurar el cumplimiento de las metas de sus actividades; modificación de unidades de medida, con la finalidad de evidenciar una correspondencia directa entre las actividades operativas del POI y los indicadores de las acciones estratégicas del PEI 2018-2021; y, la incorporación de saldos de balance y recursos adicionales, que están permitiendo la apertura de actividades operativas que contribuirán al cumplimiento de las metas del PEI; con lo cual se sustenta la necesidad de aprobar la segunda modificación del POI 2018, al configurarse los supuestos previstos en los literales a) y b) del numeral 4.3 de la Guía para el Planeamiento lnstitucional, y en el numeral 5.7 de la Directiva N° 019-2017-MINAM/SG; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1013, Ley que aprueba la Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Ambiente; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional"; y, la Resolución de Secretaria General N° 070-2017-MINAM que aprueba la Directiva N° 019-2017-MINAM/SG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Segunda Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 221-2017-MINAM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam. gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese y comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1649359-1

Estado: (i) el patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; (ii) la creación cultural contemporánea y artes vivas; (iii) la gestión cultural e industrias culturales; y, (iv) la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante Resolución Suprema N° 246-2016-PCM, modificada por las Resoluciones Supremas N° 003-2017PCM y N° 119-2017-PCM, se creó la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú; precisando en su artículo 6, que la Secretaría Técnica se encuentra a cargo del Ministerio de Cultura, quien brindará el apoyo necesario a la Comisión Multisectorial para el cumplimiento de sus funciones; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 473-2017MC, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 0562018-MC y N° 164-2018-MC, se aprobaron las Bases de los Concursos Nacionales de la Canción y de Logotipo para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú que organiza el Ministerio de Cultura; disponiendo en su artículo 2, que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes supervise su desarrollo; Que, con el Informe N° 900025-2018/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 17 de mayo de 2018, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes propone la modificación del Calendario del Concurso establecido en el numeral 14 de las Bases de los Concursos Nacionales de la Canción y de Logotipo para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, a fin de permitir la evaluación correspondiente al señor Luis Felipe Wenceslao Villacorta Ostolaza, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, designado por Resolución Suprema N° 0092018-MC de fecha 15 de mayo de 2018, en su condición de miembro del Jurado Calificador del Concurso Nacional de la Canción, conforme a lo señalado en la Resolución Directoral N° 90035-2018-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 16 de mayo de 2018; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 0052013-MC; y la Resolución Suprema N° 246-2016-PCM, que crea la Comisión Multisectorial encargada de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar las Bases de los Concursos Nacionales de la Canción y de Logotipo para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, aprobadas mediante Resolución Ministerial N° 4732017-MC y modificadas por las Resoluciones Ministeriales N° 056-2018-MC y N° 164-2018-MC, cuyo numeral 14 en cada Base, quedará redactado de la siguiente manera: "14. CALENDARIO DEL CONCURSO

CULTURA
(...)

Etapa (...) Evaluación por el jurado Declaración de finalistas Votación pública Declaración de ganador

Fecha Hasta el 24 de mayo de 2018 El 24 de mayo de 2018 Del 1 al 9 de junio de 2018 10 de junio de 2018 "

Modifican Bases de los Concursos Nacionales de la Canción y de Logotipo para la Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 184-2018-MC Lima, 17 de mayo de 2018 VISTO; el Informe N° 900025-2018/DGIA/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, CONSIDERANDO:

Artículo 2.- Los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 473-2017-MC, modificada por las Resoluciones Ministeriales N° 056-2018-MC y N° 1642018-MC, así como de las Bases que ésta aprueba quedan subsistentes y mantienen plena vigencia. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese.

Que, de conformidad con el artículo 4 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, constituyen áreas programáticas de acción sobre las cuales el mismo ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del

PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1649459-1

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