Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de mayo de 2018 /

El Peruano

Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor del pliego Autoridad Nacional del Agua­ANA, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 6 572 000,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30694, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, del pliego Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 6 572 000,00), a favor del pliego Autoridad Nacional del Agua­ ANA, destinada a financiar la ejecución del proyecto de inversión "Gestión Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas", conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO En Soles

se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Actividades Componentes, Finalidades de metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura y Riego. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de mayo del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego DAVID ALFREDO TUESTA CÁRDENAS Ministro de Economía y Finanzas 1651169-14

: Gobierno Central 163 : Instituto Nacional de Innovación Agraria UNIDAD EJECUTORA 019 : Programa Nacional de Innovación Agraria­PNIA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 2194085 : Consolidación del Sistema de Innovación Agraria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 572 000,00 ------------TOTAL EGRESOS 6 572 000,00 =========== A LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles PROYECTO

Autorizan Transferencia de Partidas y Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para financiar proyectos de inversión en materia de infraestructura urbana, de saneamiento urbano y de saneamiento rural
DECRETO SUPREMO Nº 117-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 13.1 del artículo 13 y el numeral 14.1 del artículo 14 de la Ley N° 30693, en concordancia con la Ley Nº 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley N° 30693, autoriza, en el Año Fiscal 2018, a las entidades del Gobierno Nacional que cuenten con recursos públicos asignados en su presupuesto institucional para la ejecución en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio, señalando que dichas transferencias de recursos sólo se autorizan hasta el 21 de mayo de 2018, debiéndose emitir el decreto supremo correspondiente dentro del plazo antes indicado; precisando que las propuestas de decreto supremo correspondientes sólo pueden ser presentadas al Ministerio de Economía y Finanzas, hasta el 9 de mayo de 2018;

: Gobierno Central 164 : Autoridad Nacional del Agua­ANA 002 : Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2309051 : Gestión Integrada de los Recursos Hídricos en Diez Cuencas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 572 000,00 ------------TOTAL EGRESOS 6 572 000,00 ===========

Artículo 2.- Transferencia de Partidas 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado, en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el artículo 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados en la presente Transferencia de Partidas, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que

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