TEXTO PAGINA: 37
37 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de mayo de 2018 El Peruano / OPMI del Sector Educación, remite los proyectos de inversión en infraestructura educativa que se encuentran aptos para continuar con la gestión de transferencia de partidas, precisándose que estos proyectos contribuyen al cierre de brechas y se encuentran alineados a los criterios de priorización del Sector; asimismo, indica que se han suscrito convenios y/o adendas entre el Ministerio de Educación y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, información complementada con el O fi cio Nº 327-2018-MINEDU/SPE-OPEP; Que, mediante los Informes Nºs 321, 322, 327 y 329-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, señala que se cuenta con recursos presupuestales disponibles en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para ser transferidos a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de la ejecución de los proyectos de inversión en infraestructura educativa; en virtud de lo cual, mediante los O fi cios Nºs 02264, 02265, 02266 y 02268-2018-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 206 129 089,00 (DOSCIENTOS SEIS MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) a favor de 11 Gobiernos Regionales y 44 Gobiernos Locales para fi nanciar la ejecución de 64 proyectos de inversión en infraestructura educativa, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en concordancia con la Ley Nº 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 30693; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 206 129 089,00 (DOSCIENTOS SEIS MILLONES CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de 11 Gobiernos Regionales y 44 Gobiernos Locales para fi nanciar la ejecución de 64 proyectos de inversión en infraestructura educativa, conforme a lo indicado en la parte considerativa; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 10 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa ASIGNACIONES PRESUPUESTARIASQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOSACTIVIDAD 5001253 : Transferencia de Recursos para la ejecución de Proyectos De Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios2.4 Donaciones y Transferencias 144 530 068,00 PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre-Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios2.6 Adquisición de Activos no Financieros 61 599 021,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 206 129 089,00 A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos RegionalesCATEGORIA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos no Financieros 67 704 512,00 CATEGORIA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el Acceso de la Población de 3 a 16 Años a los Servicios Educativos Públicos de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos no Financieros 4 242 643,00 --------------------Sub Total Gobiernos Regionales 71 947 155,00 -------------------- PLIEGOS : Gobiernos Locales CATEGORIA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos no Financieros 130 766 978,00 CATEGORIA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el Acceso de la Población de 3 a 16 Años a los Servicios Educativos Públicos de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS DE CAPITAL2.6 Adquisición de Activos no Financieros 3 414 956,00 --------------------Sub Total Gobiernos Locales 134 181 934,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 206 129 089,00 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 y los montos de transferencia por Pliego y proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas a diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para financiar la ejecución de proyectos de inversión para el Año Fiscal 2018”, que forma parte integrante del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales Institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.