Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de mayo de 2018 /

El Peruano

Energía y Minas, por el monto ascendente a S/. 170 000.00 (Ciento setenta mil y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Pasco, para ser destinados exclusivamente al fortalecimiento del proceso de Formalización Minera Integral, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4.1 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional Gastos de Capital: 2.4.2 : Donaciones y Transferencias 2.4.2.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional TOTAL EGRESOS

S/ 167 000.00

S/ 3 000.00 S/ 170 000.00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1 de la presente Resolución se efectuará según el siguiente detalle:
Pliego N° 456 Gobierno Regional de Pasco S/ 170,000.00 Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central - Región Pasco Unidad Ejecutora SIAF N° 00885 Cuenta Cuenta Única del Tesoro Público ­ CUT RUC N° 20489252270

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral correspondiente al año 2018, celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1650209-1

Autorizan transferencia financiera a favor del Gobierno Regional de San Martín, para ser destinada exclusivamente a la contratación de profesionales especializados
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 190-2018-MEM/DM Lima, 18 de mayo de 2018 VISTOS: El Informe N° 035-2018-MEM-OGP/DIR, del 11 de mayo de 2018, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, y el Informe N° 472-2018/MEM-OGJ, del 14 de mayo de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, así como para la compra de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles); Que, la citada disposición señala que las transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente

Recaudados, se autorizan mediante resolución del Titular del Pliego, la que se publica en el diario oficial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y financieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 10 de mayo del 2018, el Ministerio de Energía y Minas suscribió el Convenio de Cooperación y Gestión con el Gobierno Regional de San Martín, en virtud del cual y en el marco de las normas precedentemente descritas, este Ministerio asumió la obligación, entre otras, de destinar a favor del citado Gobierno Regional, los recursos presupuestales necesarios para que continúen en forma adecuada el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Dirección Regional de Energía y Minas, como encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energética al Gobierno Regional; Que, mediante el referido Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional por el monto de S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), en el primer semestre del 2018, para que se contraten profesionales especializados y para la adquisición de equipos de medición, monitoreo y fiscalización, a propuesta de la Dirección y/o Gerencia Regional de Energía y Minas del GORE, según lo señalado en el numeral 5.1 de la Cláusula Quinta del referido convenio; Que, mediante Certificación de Crédito Presupuestario N° 2018-00887-001-MEM-OGP/PRES, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto antes señalado, para los fines indicados en el referido convenio suscrito; Que, en consecuencia es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de San Martín, hasta por un monto total ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Soles), para ser destinadas exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y Minas del GORE, encargada de ejercer las competencias en materia minero - energéticas; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y sus modificatorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de la transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de San Martín Autorizar la transferencia financiera de recursos proveniente de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de San Martín, para ser destinada exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la finalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y

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