Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 23 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO : Instancias Descentralizadas 443 : Gobierno Regional del Departamento de Arequipa PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobierno Regional

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En Soles

dispuesto en las normas indicadas en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido por los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en concordancia con la Ley N° 30751, Ley que establece nuevos plazos para los artículos 13 y 14 de la Ley N° 30693, y el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 hasta por la suma de SETECIENTOS DIECISIETE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 717 779 748,00), del pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Arequipa y de diversos pliegos de los Gobiernos Locales, para financiar 47 proyectos de inversión en infraestructura urbana, 45 proyectos de inversión en saneamiento urbano y 91 proyectos de inversión en saneamiento rural, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO En Soles

7 152 060,00 ------------------7 152 060,00 -------------------

PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0146 : Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 118 417 219,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 359 708 840,00

: Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento Administración General PROGRAMA PRESUPUESTAL 0146 : Acceso de las Familias a Vivienda y Entorno Urbano Adecuado PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001253 : Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias UNIDAD EJECUTORA 118 417 219,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 106 064 375,00

3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 126 437 254,00 --------------------710 627 688,00 --------------------717 779 748,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros Sub Total Gobiernos Locales TOTAL EGRESOS

004 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PROGRAMA PRESUPUESTAL 0082 : Programa Nacional de Saneamiento Urbano PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001777 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias UNIDAD EJECUTORA 366 860 900,00

1.2. Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en los Anexos I y II, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se detalla en el Anexo III que forma parte integrante de la presente norma a nivel de tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Especifica, y se presentarán junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en los portales

005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS 106 064 375,00 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 126 437 254,00 --------------------717 779 748,00 ============

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