Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 23 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30711, Ley que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal, y su exposición de motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 197-2018-VIVIENDA Lima, 22 de mayo de 2018 VISTOS, los Informes N° 037-2018-COFOPRI/ DND, de la Dirección de Normalización y Desarrollo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, N° 162-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, que se sustenta en el Informe Técnico Legal N° 102-2018-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JHA-JACV, y N° 456-2018-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30711, Ley que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal, se establecen medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal y otorgar nuevas facultades al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI); Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30711 dispone que el Poder Ejecutivo dictará las disposiciones reglamentarias a la mencionada Ley; Que, el artículo 13 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 0012009-JUS, señala que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva; Que, asimismo, el artículo 14 del acotado Reglamento establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarlos sobre las medidas propuestas; Que, en consecuencia, resulta necesario realizar la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30711, que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal, con la finalidad de difundir dicho proyecto y así recibir las correspondientes sugerencias y recomendaciones de la ciudadanía y sectores especializados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley 30711, Ley que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General;

Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30711, Ley que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal, y su Exposición de Motivos, en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), en el que se mantendrá por un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el citado diario, a efectos de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 2.- Consolidación de información Encargar a la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo la consolidación de las observaciones, comentarios y/o aportes que se presenten respecto del proyecto citado en el artículo precedente, que se recibirán a través del portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, www.vivienda.gob.pe, en el link "Proyecto de Reglamento de la Ley N° 30711, Ley que establece medidas complementarias para la promoción del acceso a la propiedad formal"; debiendo coordinar con el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal­COFOPRI, la atención de los mismos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1651140-1

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Designan Directora General del Centro Nacional de Control de Calidad del INS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 117-2018-J-OPE/INS Lima, 22 de mayo de 2018 VISTO: El Informe Nº 022/2018-DG-CNCC-INS de fecha 21 de mayo de 2018, del Químico Farmacéutico Luis Enrique Moreno Exebio, Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 658-2017-MINSA, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 15 de agosto de 2017, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo de Director General del Centro Nacional de Control de Calidad del Instituto Nacional de Salud se encuentra calificado como de confianza; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el

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