Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Miércoles 23 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1651174-12

Autorizan viaje de Delegado Titular y Consejera Técnica de los empleadores a la Confederación Suiza, para asistir a reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2018-TR Lima, 22 de mayo de 2018 VISTOS: El Oficio OF. RE (DAS) N° 2-11-B/27 de la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la comunicación ILC 107-100 del Director General de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT, el Oficio Nº 171-2018-MTPE/4/23 e Informe N° 003-2018-MTPE/1.23/LFDV de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, el Oficio Nº 471-2018-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 1234-2018-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT es la única agencia de las Naciones Unidas cuyos mandantes son representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Esta estructura tripartita hace de la Organización Internacional del Trabajo ­ OIT un foro singular en el cual los gobiernos y los interlocutores sociales de la economía de sus Estados pueden libre y abiertamente confrontar experiencias y comparar políticas nacionales. Siendo el Perú país miembro, tiene como obligación designar a los delegados y consejeros técnicos no gubernamentales de acuerdo con las organizaciones profesionales más representativas de empleadores o trabajadores, según sea el caso; Que, la 107ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, se llevará a cabo del 28 de mayo al 8 de junio de 2018 en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, sede de la Oficina Internacional del Trabajo, máxima instancia de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, donde participarán, entre otros, los miembros integrantes de la delegación peruana, habiéndose programado reuniones preparatorias de los grupos antes de la apertura de la Conferencia General, para el día 27 de mayo y por la mañana del 28 de mayo de 2018; Que, la referida reunión en la que participan los ministros de trabajo de todos los países miembros de la Organización Internacional del Trabajo - OIT es relevante porque en ella se abordarán, entre otros, los siguientes temas: i) Información y memorias sobre la aplicación de convenios y recomendaciones emitidas por la OIT; ii) Eficacia de la contribución de la OIT a la cooperación para el desarrollo en apoyo de los "Objetivos de Desarrollo Sostenible"; iii) La violencia y el acoso contra las mujeres y los hombres en el mundo del trabajo; iv) Discusión recurrente sobre el diálogo social y el tripartismo, con arreglo al seguimiento de la "Declaración de la OIT sobre la justicia social para la globalización equitativa de 2008"; y v) Derogación de los Convenios Nºs 21, 50, 64, 65, 86 y 104 de la OIT y el retiro de las Recomendaciones Nºs 7, 61 y 62;

Que, los numerales 1 y 2 del artículo 3 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo señalan que la Conferencia General se compondrá de cuatro representantes de cada uno de los miembros, dos de los cuales serán delegados del gobierno y los otros dos representarán, respectivamente, a los empleadores y a los trabajadores del mismo; además, que cada delegado podrá estar acompañado de dos consejeros técnicos, como máximo, por cada uno de los puntos que figuren en el orden del día de la reunión; Que, asimismo, en el literal a) del numeral 2 del artículo 13 del referido texto normativo, se establece que cada miembro asumirá los gastos de viaje y estancia, entre otros, de sus delegados y consejeros técnicos que participen en las reuniones de la conferencia; por lo cual, la Oficina General de Administración mediante el Oficio N° 471-2018-MTPE/4/11 adjunta las certificaciones presupuestales por concepto de pasajes (Nota Nº 1272) y viáticos (Nota Nº 1254), adjuntando el cuadro resumen correspondiente; Que, en ese orden, el numeral 3.2 del Informe Nº 003-2018-MTPE/1.23/LFDV de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo señala que la participación de los representantes de empleadores y trabajadores en la 107ª Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo se encuentra en el Plan Operativo Institucional ­ POI como actividad operativa de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en consideración a lo expuesto, resulta conveniente autorizar el viaje del delegado y consejero técnico de los empleadores, miembros integrantes de la delegación peruana, que asistirán al evento a que se refiere el segundo considerando; Con las visaciones de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal a) del numeral 2) del artículo 13 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo - OIT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JULIO CÉSAR BARRENECHEA CALDERÓN, como Delegado Titular de los empleadores y de la señora VIVECA DOLORES AMORÓS KOHN, como Consejera Técnica de los empleadores, del 25 de mayo al 9 de junio de 2018, para asistir a la 107ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo - OIT, como miembros integrantes de la delegación peruana, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de acuerdo con el siguiente detalle:
Viáticos Pasaje Nº de Total viáticos Europa por Aéreo US$ días US$ día US$ 540.00 540.00 14 14 7,560.00 7,560.00

Nombres y Apellidos

Julio César Barrenechea 3,371.09 Calderón Viveca Dolores Amorós Kohn 3,371.09

Artículo 3.- La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1651170-1

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