Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

74

NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de mayo de 2018 /

El Peruano

Declaran que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de realizar el canje y/o actualización de las licencias de funcionamiento emitidas hasta el 17 de septiembre de 2005, como condición para mantener su vigencia, establecida en las Ordenanzas N°s. 118 y 124-MDCH emitidas por la Municipalidad Distrital de Chorrillos
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL ­ INDECOPI RESOLUCIÓN N°: 0119-2018/CEB-INDECOPI AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS BUROCRÁTICAS FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 27 DE FEBRERO DE 2018 ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS NORMAS QUE CONTIENEN LA BARRERA BUROCRÁTICA ILEGAL IDENTIFICADA: ORDENANZAS N° 118-MDCH Y N° 124-MDCH BARRERA BUROCRÁTICA IDENTIFICADA FUNDAMENTOS DE LA DECISIÓN: Y

CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341 y la Ley N° 30689, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Jefe/a de la Oficina de Administración; Que, resulta conveniente designar al funcionario que ejerza dicha función; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y con el visado de la Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 23 de mayo de 2018, a la señora Mariela Esther Álvarez Muñoz en el cargo de Jefa de la Oficina de Administración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1650717-1

Se declaró que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de realizar el canje y/o actualización de las licencias de funcionamiento emitidas hasta el 17 de septiembre de 2005, como condición para mantener su vigencia, establecida en las Ordenanzas N° 118-MDCH y N° 124-MDCH emitidas por la Municipalidad Distrital de Chorrillos. La razón es que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 71° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, y el artículo 11° de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, las licencias o autorizaciones de funcionamiento tienen vigencia indeterminada, por lo que resulta ilegal exigir a los titulares de dichas licencias la tramitación de procedimientos administrativos de actualización o renovación, salvo los supuestos de cambio de giro, uso o zonificación en observancia de los límites previstos en la ley de acuerdo al caso. De conformidad con lo establecido en el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de la barrera burocrática declarada ilegal en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 0119-2018/CEB-INDECOPI en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano. LUIS RICARDO QUESADA ORÉ Presidente de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas 1650991-5

Designan Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del OSCE
RESOLUCIÓN Nº 034-2018-OSCE/PRE Jesús María, 22 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo N° 1341 y la Ley N° 30689, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica; Que, resulta conveniente designar al funcionario que ejerza dicha función; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; y con el visado de la Secretaría General; SE RESUELVE:

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Designan Jefa de la Administración del OSCE
Jesús María, 22 de mayo de 2018

Artículo Único.- Designar, a partir del 23 de mayo de 2018, al señor Luis Alberto Gavidia Morachimo en el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1650717-2

Oficina

de

RESOLUCIÓN N° 033-2018-OSCE/PRE

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.