Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2018 (23/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de mayo de 2018 /

El Peruano

del Poder Judicial, la cantidad de expedientes por materia que remitirá el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Chachapoyas, Corte Superior de Justicia de Amazonas, al Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia y Corte Superior. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones contenidas en el artículo segundo, literal c); y el artículo octavo, literales f) y g), de la Resolución Administrativa N° 127-2018-CE-PJ. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Este y Amazonas, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1650908-8

Consejo Ejecutivo y del Fuero Militar Policial; así como, del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Sala Suprema Revisora, por el periodo de dos años, a partir de 24 de mayo de 2018. Artículo 2º.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución Administrativa al señor Presidente Constitucional de la República, Presidente del Congreso de la República, Presidente del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministro de Defensa, Ministro del Interior, Ministro de Justicia y Derecho Humanos y al Magistrado citado en el artículo precedente. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO RAMOS ESPINOZA Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1650881-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga a Cuba, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 291-2018-UNSCH-CU Ayacucho, 9 de mayo de 2018 Visto el documento sobre invitación para participar en el XIII Simposio Internacional de Biotecnología Vegetal que organiza el instituto de Biotecnología de las plantas de la Universidad Central "Maria Abreu" de Las Villas, Cuba del 08 ­ 11 de mayo de 2018; y CONSIDERANDO: Que, mediante carta s/n. de fecha 23 de marzo de 2018, el Presidente del Comité Organizador de XIII Simposio Internacional de Biotecnología Vegetal invita a participar al Dr. Gilmar Peña Rojas en el XIII Simposio Internacional de Biotecnología a realizarse en Cuba del 8 ­ 11 de mayo de 2018, Que, mediante Memorando Nº 06-2018-PBM-FCBUNSCH de fecha 24 de abril de 2018, el Coordinador General del proyecto 199-2015-FONDECYT solicita autorizar el viaje internacional del 07 al 12 de mayo de 2018, para participar en calidad de ponente al Dr. Gilmar Peña Rojas en el XIII Simposio Internacional de Biotecnología Vegetal; Que, la ponencia aceptada en el evento internacional tiene la finalidad de publicar y socializar los resultados de las investigaciones en el marco de la ejecución del proyecto: obtención de micro tubérculos de Tropaeolum tubersum "mashua negra" en sistema de inmersión temporal automatizado y caracterización de sus moléculas bioactivas (Fenólicos y Glucosinolatos) financiado por MINEDU ­ CIENCIACTIVA;; Que, el artículo 1º de la ley Nº 27619 establece que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de las más alta autoridad de la respectiva Entidad; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59º, numeral 59.14 de la Ley Universitaria Nº 30220, el artículo

ORGANISMOS AUTONOMOS

FUERO MILITAR POLICIAL
Eligen al Presidente del Consejo Ejecutivo y del Fuero Militar Policial; así como del Tribunal Supremo Militar Policial y de la Sala Suprema Revisora
RESOLUCIÓN ADMNISTRATIVA Nº 027-2018-FMP/CE/SG Lima 15 de mayo de 2018 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organismo autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el párrafo quinto del artículo 5º de la citada Ley, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que: "(...) El Presidente del Consejo Ejecutivo preside del Fuero Militar Policial. Es elegido por los miembros del Consejo Ejecutivo entre los Vocales Supremos Titulares de la Sala Suprema Revisora o el Fiscal Supremo Titular ante dicha Sala. Ejerce el cargo por un periodo de dos años y puede ser reelegido, por única vez por un periodo igual. (...)"; Que, en sesión de fecha 24 de abril del 2019, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, acordó elegir el señor Contralmirante CJ (R) Julio Enrique PACHECO GAIGE, como presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial y del Fuero Militar Policial; así como Presidente del Tribunal Supremo Militar Policial y Presidente de la Sala Suprema Revisora; De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 1) del artículo 23º del Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Elegir al señor Contralmirante CJ (R) Julio Enrique PACHECHO GAIGE, Vocal Supremo del Tribunal Supremo Militar Policial, como Presidente del

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