Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2018 (30/05/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de mayo de 2018 /

El Peruano

en concordancia con el Reglamento de la Ley N° 27933, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, éste debe ser ratificado por el Consejo Regional, conforme a sus atribuciones. Que, con fecha 07 de mayo del 2018, reunidos los miembros de la comisión, con la exposición del Coronel EP (r) Enrique Aguilar Del Alcázar, Gerente Regional de Seguridad, Defensa Nacional y Gestión de Riesgos y Desastres, del Gobierno Regional de Ica, en su calidad de Secretario Técnico Regional del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, informa a la comisión los alcances del presente Plan, teniendo como prioridad el objetivo de articular los esfuerzos y participación de las instituciones que componen el CORESECICA, contribuyendo el fortalecimiento del Sistema Regional de Seguridad Ciudadana, con la finalidad de reducir factores de riesgo social y promoviendo la participación de la ciudadanía organizada a fin de mejorar la seguridad en la Región Ica. Y habiéndose compulsado en debida forma los informes tanto técnico como legales que sustentan el "Plan de Seguridad Ciudadana 2018" que se propone, los miembros de esta comisión se pronuncian por su procedencia, determinando que se eleve por ante la Consejera Delegada del Consejo Regional de Ica, toda la documentación correspondiente, para su debate, evaluación y aprobación de ser el caso, ante el Pleno del Consejo Regional. Que, estando a lo dispuesto y aprobado en Sesión Ordinaria del 10 de mayo del 2018, con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional; y en uso de sus facultades establecidas en la Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional, con dispensa y aprobación del acta de la fecha. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE RATIFICA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2018, DEL GOBIERNO REGIONAL DE ICA Artículo Primero.- RATIFICAR el "Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2018", el mismo que como Anexo N° 01, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, elaborado y aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Ica, con fecha 23 febrero de 2018, siguiendo los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 011-2014-IN, Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, y la Resolución Ministerial N° 010-2015-IN que aprobó la Directiva N° 001-2015-IN, "Lineamientos para la formulación, aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana", la que deberá ser ejecutada conforme a su propia planificación. Artículo Segundo.- DISPONER a la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y la Gerencia Regional de Seguridad, Defensa Nacional y Gestión del Riesgo del Desastres, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración y Finanzas del Gobierno Regional Ica, y a la Secretaria del Consejo Regional de Ica, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Ica (www.regionica.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. NORA CECILIA BARCO DE GOTUZZO Consejera Delegada Consejo Regional de Ica POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica FERNANDO JOSÉ CILLÓNIZ BENAVIDES Gobernador Regional de Ica 1652891-1

GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Autorizan transferencia presupuestaria a favor de la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, para la ejecución de proyecto de infraestructura deportiva
ACUERDO REGIONAL Nº 026-2018-GRP-CRP. Puno, 8 de marzo del 2018 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PUNO VISTO: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional, llevada a cabo el día ocho de marzo del año dos mil dieciocho, el pleno del Consejo Regional ha aprobado la emisión del Acuerdo Regional, siguiente con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, modificado por la Ley N° 29053, el Consejo Regional es órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y el artículo 15º literal a) de la norma citada, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 37º literal a) que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales. Que, el artículo 39º de la Ley N° 27867, estipula que los acuerdos del Consejo Regional expresan, la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o, institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma Institucional. Que, la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece en su Artículo 15. Transferencias financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2018, numeral 15.2 que las transferencias financieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de consejo regional o concejo municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del consejo regional se publican en el diario oficial El Peruano, y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web. Que, se tiene el Oficio N° 160-2018-GR-PUNO/ GR, remitido por el Gobernador Regional, respecto a la transferencia financiera a la Municipalidad Provincial de San Antonio de Putina, para la ejecución de proyectos de inversión, requiriendo autorización mediante Acuerdo Regional para dicha transferencia financiera, acompañada del Oficio N° 251-2018-GR-PUNO/GRPPAT, suscrito por el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en relación al convenio de Transferencia presupuestaria entre el Gobierno Regional de Puno y la Municipalidad Provincial de San Antonio de

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