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63 NORMAS LEGALES Jueves 1 de noviembre de 2018 El Peruano / - La tarifa del primer rango de la categoría doméstica se iguala a la tarifa de la categoría social. I. Estructura Tarifaria Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS TARIFA (S//m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,460 Doméstico0 a 10 0,460 10 a más 0,720 NO RESIDENCIAL Comercial y Otros 0 a más 0,800 Industrial 0 a más 0,800 Estatal 0 a más 0,800 Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS TARIFA (S//m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0,0849 Doméstico0 a 10 0,0849 10 a más 0,1200 NO RESIDENCIAL Comercial y Otros 0 a más 0,1200 Industrial 0 a más 0,1200 Estatal 0 a más 0,1200 Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial y OtrosIndustrial Estatal 15 15 30 100 50 Nota: Con la fi nalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría. Para determinar el importe a facturar por los servicios de agua potable, se aplicará el siguiente procedimiento: a. A los usuarios de las categorías social, comercial y otros, industrial y estatal se le aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido. b. A los usuarios de la categoría doméstico, se les aplicará las tarifas establecidas para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente: - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 10 m 3), se les aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (más de 10 m3), se les aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 10 m 3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen mayor de 10 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. La determinación del importe a facturar para el servicio de alcantarillado, se realizará utilizando el mismo procedimiento descrito para el servicio de agua potable, según la categoría tarifaria correspondiente.La empresa prestadora dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa que se efectúen por efecto de la infl ación utilizando el Índice de Precios al por Mayor (IPM). ANEXO Nº 4 FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE EPS EMSAPA CALCA S.A PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Fondo de Inversiones Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 11% Año 2 18% Año 3 18% Año 4 21% Año 5 21% 1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fi jo. Estos ingresos no consideran el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Gestión de Riesgos de Desastres y Adaptación al Cambio Climático Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 0,0% Año 2 0,5% Año 3 0,5% Año 4 0,5% Año 5 0,5% 1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fi jo. Estos ingresos no consideran el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Período Porcentajes de los Ingresos 1/ Año 1 2,0% Año 2 1,0% Año 3 0,5% Año 4 0,5% Año 5 0,0% 1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fi jo. Estos ingresos no consideran el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Las reservas deberán destinarse exclusivamente para la implementación de mecanismos de retribución de servicios ecosistémicos (MRSE) conforme con lo establecido en el Estudio Tarifario. Es importante precisar que, el aporte promedio por conexión es de S/ 0,12. La EPS EMSAPA CALCA S.A. deberá comunicar a través del comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de los MRSE. ANEXO N° 5 COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS EMSAPA CALCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Actividad Medida Costo S/ Instalación de conexión domiciliaria de agua potable CONEXIONES DE AGUA DE 1/2" Instalación de UN metro de tubería de 1/2" de PVC m 7,08