Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2018 (01/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 1 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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- La tarifa del primer rango de la categoría doméstica se iguala a la tarifa de la categoría social. I. Estructura Tarifaria Cargo por Volumen de Agua Potable

La empresa prestadora dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa que se efectúen por efecto de la inflación utilizando el Índice de Precios al por Mayor (IPM). ANEXO Nº 4

CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social Doméstico NO RESIDENCIAL Comercial y Otros Industrial Estatal

RANGOS (m3/mes) 0 a más 0 a 10 10 a más 0 a más 0 a más 0 a más

TARIFA (S//m3) Año 1 0,460 0,460 0,720 0,800 0,800 0,800

FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE EPS EMSAPA CALCA S.A PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023 Fondo de Inversiones Período Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Porcentajes de los Ingresos 1/ 11% 18% 18% 21% 21%

Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social Doméstico NO RESIDENCIAL Comercial y Otros Industrial Estatal RANGOS (m3/mes) 0 a más 0 a 10 10 a más 0 a más 0 a más 0 a más TARIFA (S//m3) Año 1 0,0849 0,0849 0,1200 0,1200 0,1200 0,1200

1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fijo. Estos ingresos no consideran el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la Gestión de Riesgos de Desastres y Adaptación al Cambio Climático Período Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Porcentajes de los Ingresos 1/ 0,0% 0,5% 0,5% 0,5% 0,5%

Nota: Las tarifas no incluyen IGV. Asignación Máxima de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 15 Doméstico 15 Comercial y Otros 30 Industrial 100 Estatal 50

1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fijo. Estos ingresos no consideran el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos Período Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 Porcentajes de los Ingresos 1/ 2,0% 1,0% 0,5% 0,5% 0,0%

Nota: Con la finalidad de garantizar que los usuarios reciban señales de consumo adecuadas, aquellos usuarios que no acepten la micromedición, tendrán una asignación equivalente al doble de la asignación correspondiente, según su categoría.

Para determinar el importe a facturar por los servicios de agua potable, se aplicará el siguiente procedimiento: a. A los usuarios de las categorías social, comercial y otros, industrial y estatal se le aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido. b. A los usuarios de la categoría doméstico, se les aplicará las tarifas establecidas para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente: - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 10 m3), se les aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. - Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (más de 10 m3), se les aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 10 m3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen mayor de 10 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. La determinación del importe a facturar para el servicio de alcantarillado, se realizará utilizando el mismo procedimiento descrito para el servicio de agua potable, según la categoría tarifaria correspondiente.

1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable, alcantarillado y cargo fijo. Estos ingresos no consideran el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. Las reservas deberán destinarse exclusivamente para la implementación de mecanismos de retribución de servicios ecosistémicos (MRSE) conforme con lo establecido en el Estudio Tarifario. Es importante precisar que, el aporte promedio por conexión es de S/ 0,12. La EPS EMSAPA CALCA S.A. deberá comunicar a través del comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de los MRSE.

ANEXO N° 5 COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE EPS EMSAPA CALCA S.A. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2018-2023
Actividad Instalación de conexión domiciliaria de agua potable CONEXIONES DE AGUA DE 1/2" Instalación de UN metro de tubería de 1/2" de PVC m 7,08 Medida Costo S/

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