Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2018 (01/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 76

76

NORMAS LEGALES

Jueves 1 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Artículo Tercero.- AUTORIZAR, la SUBVENCIÓN ECONÓMICA correspondiente por nueve (09) días, a razón de S/. 400.00 soles por día que corresponde a cada estudiante; así mismo, la adquisición de los Pasajes Terrestres: Moquegua-Tacna y su retorno correspondiente. Así como la adquisición de los Pasajes Aéreos Nacionales e Internacionales: Tacna - Lima ­ Buenos Aires (Argentina) y viceversa. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente JOSÉ C. CARRASCO CASTRO Secretario General (e) 1707428-1

Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Bolivia, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 932-2018 Arequipa, 30 de octubre del 2018 Visto el Oficio Nº 1404-2018-OUCCRIBP de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías de la UNSA. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, mediante documento del visto, el Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías, hace de conocimiento que la referida Oficina está asumiendo la coordinación del Programa CRISCOS, por lo que debe asistir a la 42º reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo por la Integración Centro Oeste de Sudamérica a efectuarse el 06, 07 y 08 de noviembre de 2018 en la Universidad Tecnológica Privada de Santa Cruz ­ Bolivia, donde se seleccionará a los estudiantes de la Convocatoria 42 del referido Programa de Movilidad Estudiantil. Que, por lo expuesto, el Consejo Universitario en su sesión del 26 de octubre del 2018, acordó autorizar el viaje del Dr. José Luis Vargas Gutiérrez, Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías de la UNSA, para que, en comisión de servicios, y en Representación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, participe en la 42º reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo por la Integración Centro Oeste de Sudamérica, que se celebrará en la Universidad Tecnológica Privada de Santa Cruz ­ Bolivia, del 06 al 08 de noviembre de 2018, a quien se le deberá otorgar los pasajes y viáticos respectivos,

conforme lo determinen las oficinas correspondientes y en mérito a las directivas aplicables vigentes. Que, la participación de la citada autoridad en el referido evento internacional a realizarse en el país de Bolivia, cumple con el Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 30220 en concordancia con el artículo 4º del Estatuto Universitario; asimismo, se encuentra enmarcada dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades públicas y privadas dispuesto en el artículo 6º del referido Estatuto; así como en su artículo 7º, que dispone: "(...) La Universidad para el cumplimiento de sus fines y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fin de crear una amplia red de cooperación científico-técnica (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística a través del "Formato de Trámite de Pasajes y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro viajero y viáticos para la participación del Dr. José Luis Vargas Gutiérrez en el citado evento; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante su Oficio Nº 763-2018-OUPL-UNSA, informa que de acuerdo a la revisión presupuestal para se cuenta con disponibilidad en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para atender el requerimiento efectuado. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nro. 30220, al Rectorado y al Consejo Universitario. SE RESUELVE: Primero.- Autorizar el viaje del Dr. José Luis Vargas Gutiérrez, Jefe de la Oficina Universitaria de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías de la UNSA, para que, en comisión de servicios, y en Representación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, participe en la 42º reunión de Coordinadores Institucionales del Programa de Movilidad Estudiantil del Consejo por la Integración Centro Oeste de Sudamérica, que se celebrará en la Universidad Tecnológica Privada de Santa Cruz ­ Bolivia, del 06 al 08 de noviembre de 2018. Segundo.- Autorizar a la Oficina de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor de la mencionada autoridad, la Certificación del Crédito Presupuestal ­ CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos : Arequipa-Lima-Santa Cruz-Lima-Arequipa. S/. 2560.59 Soles. Del 05 al 09 de noviembre del 2018. Seguro de viaje : S/. 93.86 Soles. Viáticos 04 días : S/. 4'458.20 Soles. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada autoridad universitaria informará sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1708193-1

Aprueban expedición de duplicado de diploma de Bachiller en Ciencias de la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1599 Lima, 4 de octubre de 2018

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.