Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2018 (14/11/2018)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 166, 167, 168, 169 y 170-2018-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UM de la Unidad de Monitoreo; y el Informe N° 1522018- PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, cuya finalidad es promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto de Urgencia N° 030-2008. Que, mediante Decreto Supremo N° 157-2012-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo celebrado entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinado a financiar parcialmente el Proyecto "Innovación para la Competitividad"; suscribiéndose el Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE. Que, la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para conformar un grupo de trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Concytec) para el diseño e implementación de instrumentos económicos y financieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; para lo cual se crea Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC. Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no financieros con entidades públicas y privadas. Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE. Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en su Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Que, mediante Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto; Que, mediante Resoluciones de Coordinación Ejecutiva Nos. 355, 397 y 441-2018-PRODUCE/ INNOVATEPERU, el Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, resuelve otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas para la ejecución de proyectos, por las sumas ascendentes a S/ 990 878.29; S/ 2 658 779.04; y, S/ 1 147 946.91,

respectivamente, con cargo a los fondos que administra. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nos. 166, 167, 168, 169 y 170-2018-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Fondo MIPYME; Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad; Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC; y, del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, respectivamente; indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos. Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 100-2018-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 15/100 SOLES (S/ 1 870 925.15), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC, 4. Donaciones y Transferencias - DyT, y 5. Recursos Determinados RD, los montos ascendentes a S/ 561 139.57; S/ 277 315.05; S/ 263 752.54 y, S/ 768 717.99, respectivamente; todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Fondo MIPYME: i) 01 Proyecto de Programa Desarrollo de Proveedores - Categoría 1 - PDP C1; y, ii) 01 Proyecto de Programa Desarrollo de Proveedores - Categoría 2 - PDP C2; b) Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad": i) 01 Proyecto de Emprendedores Innovadores - EI; ii) 01 Proyecto de Innovación Tecnológicas de Empresas Individuales - PITEI; iii) 01 Proyectos de Innovaciones Tecnológicas de Alto Impacto - ITAI; iv) 01 Proyecto de I+D+i-Reto BIO - IDIBIO; v) 02 Proyectos Reto Perú Resiliente EDI - RPREDI; y, vi) 01 Proyecto de Proyectos Reto Perú Resiliente EI - RPREI; c) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional: i) 02 Proyectos de Innovación Empresarial, Categoría 1. Individual - PIEC1; d) Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC: i) 10 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores - EIN; ii) 02 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Dinámicos - EDI; iii) 03 Proyectos de Capital Semilla Para Emprendedores Innovadores - Reto Bio - EINBIO; y, iv) 01 Proyecto de Capital Semilla Para Emprendimientos Dinámicos - Reto Bio - EDIBIO; y, e) Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM: i) 04 Proyectos de Innovación para Micro Empresa - PIMEN; ii) 22 Proyectos Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales - CMCEI; iii) 06 Proyectos Validación y Empaquetamientos de Innovaciones - PVE; y, iv) 01 Proyecto Sectoriales de Innovación - PSI. Que, de otro lado, la Unidad de Monitoreo, mediante Informe N° 152-2018- PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UM, solicita la modificación de los anexos únicos de las Resoluciones de Coordinación Ejecutiva Nos. 355, 397 y 441-2018-PRODUCE/INNOVATEPERU, por cuanto se incurrió en error material al consignar como beneficiarios a personas naturales y jurídicas diferentes a las establecidas en los convenios Nos. 271-INNOVATEPERUEINBIO-2018, 184-FIDECOM-INNOVATEPERUPATTEM-2016 y 352-INNOVATEPERU-EIN-2018; sustento que se encuentra detallado en el citado informe. Que, en atención al informe precitado, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, señala que las modificaciones solicitadas son procedentes por lo que corresponde se modifiquen los anexos de las Resoluciones de Coordinación Ejecutiva antes señaladas. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 063-2018-PRODUCE y 282-2018-PRODUCE.

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