Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2018 (14/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 14 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señalas en el Anexo N° 01 que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2018 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 15/100 SOLES (S/ 1 870 925.15), correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC, 4. Donaciones y Transferencias - DyT, y 5. Recursos Determinados - RD, los montos ascendentes a S/ 561 139.57; S/ 277 315.05; S/ 263 752.54 y, S/ 768 717.99 respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco del Fondo MIPYME; Contrato de Préstamo N° 2693/OC-PE "Innovación para la Competitividad"; Contrato de Préstamo N° 3700/ OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología - FOMITEC; y, Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM. Artículo 2.- Modificación de Anexos de Resoluciones de Coordinación Ejecutiva Aprobar las modificaciones a los anexos únicos de las Resoluciones de Coordinación Ejecutiva Nos. 355, 397 y 441-2018-PRODUCE/INNOVATEPERU, de acuerdo al Anexo N° 02 de la presente Resolución. Artículo 3.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; así como, en la Resolución Ministerial N° 063-2018-PRODUCE. Artículo 4.- Publicación Disponer que los Anexos adjuntos a la presente Resolución se publiquen en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MESÍAS CHANGA Coordinador Ejecutivo Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad 1711666-1

Que, mediante Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018", donde se detallan las entidades y montos de las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2018; Que, el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30693, establece que las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2018" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en virtud de ello, mediante Decreto Supremo N° 038-2018-RE, se modificó el Anexo B: Cuotas Internacionales ­ Año Fiscal 2018 de la Ley N° 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados del Pliego Presupuestario 038: Ministerio de la Producción; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de la Producción, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical ­ CIAT, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30693 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de la Producción, a efectuar el pago de la siguiente cuota:
Pliego Presupuestario 038 ­ Ministerio de la Producción Moneda SOLES Monto S/. 305 030,00 Persona Jurídica Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de cuota a la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 208-2018-RE Lima, 13 de noviembre de 2018

Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 038: Ministerio de la Producción. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.

VISTO: El Oficio N° 1997-2018-PRODUCE-SG, de 15 de octubre de 2018, del Ministerio de la Producción, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT; y,

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1712240-7

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