Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2018 (14/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

30

NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Autorizan viaje de funcionario diplomático a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0673/RE-2018 Lima, 12 de noviembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, el Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y de la República de Chile, se realizará en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 27 de noviembre de 2018; Que, se ha previsto llevar a cabo un ensayo de las actividades protocolares el 23 de noviembre de 2018, así como reuniones de coordinación entre las delegaciones del Perú y Chile, antes del referido Encuentro; Que, es necesaria la participación del Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado en las citadas reuniones, a fin de coordinar y organizar los aspectos protocolares y ceremoniales vinculados a dichos eventos; La Hoja de Trámite (GAC) N° 3013 del Despacho Viceministerial, de 7 de noviembre de 2018; y los memoranda (DGA) N° DGA00650/2018 de la Dirección General de América, de 5 de noviembre de 2018, y (OPR) N° OPR00445/2018, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 12 de noviembre de 2018, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley N.° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Santiago, República de Chile, del 23 al 27 de noviembre de 2018, para coordinar y organizar los aspectos protocolares y ceremoniales vinculados al Encuentro Presidencial y II Reunión del Gabinete Binacional de Ministros de la República del Perú y de la República de Chile. Artículo 2.- Los gastos que irrogue la participación del citado funcionario diplomático en la referida reunión, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385 Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomático, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida reunión, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US$ 612.88

exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1711824-1

SALUD
Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del Congreso Mundial sobre la Infección por el Virus Linfotrópico de Células T Humanas - HTLV-I/ II
DECRETO SUPREMO N° 028-2018-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 de la Constitución Política del Perú reconoce el derecho de todos a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que, los numerales II y IV del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la protección de la salud es de interés público, siendo la salud pública responsabilidad primaria del Estado y la salud individual responsabilidad compartida por el individuo, la sociedad y el Estado. Asimismo, el numeral XV del referido Título Preliminar, establece que el Estado Promueve la investigación científica y tecnológica en el campo de la salud, así como la formación, capacitación y entrenamiento de recursos humanos para el cuidado de la salud; Que, el literal b) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece como una de las funciones rectoras del Ministerio de Salud, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el Congreso Mundial sobre la infección por el Virus Linfotrópico de Células T Humanas - HTLV-I/II, se realiza una vez cada dos (2) años, en diversos países del mundo, bajo la dirección de la Asociación Internacional de Retrovirología; Que, en el Congreso Mundial de Tokyo realizado en marzo de 2017, la Asociación Internacional de Retrovirología eligió a la ciudad de Lima, República de Perú, como sede del "Congreso Mundial sobre la infección por el Virus Linfotrópico de Células T Humanas - HTLV-I/ II", que se llevará a cabo en el mes de abril del año 2019; Que, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, como órgano de línea del Ministerio de Salud, señala que el citado evento impulsa la investigación médica y el desarrollo de fármacos para las enfermedades asociadas al HTLV-1, como la leucemia/ linfoma de células T adultas, mielopatía asociada a HTLV-1, paraparesia espástica tropical y uveítis asociada al HTLV-1 y otros virus relacionados. Asimismo, se intercambian experiencias en últimos hallazgos para el diagnóstico, tratamiento y control de enfermedades producidas por el HTLV; Que, el Congreso Mundial se llevará a cabo sin financiamiento por parte del Sector Salud y, por ende, su preparación y ejecución no demandará recursos al tesoro público, siendo ello asumido por los organizadores del evento; Que, en ese sentido, corresponde al Estado Peruano facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de

Nombres y Apellidos

Viáticos Total Número por día viáticos de días US$ US$ 370.00 4 1,480.00

Jorge Eduardo Román Morey

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.