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45 NORMAS LEGALES Jueves 15 de noviembre de 2018 El Peruano / TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERAL Nº 868-2018 MTC/01 Lima 13 de noviembre de 2018VISTOS: El Informe N° 0349-2018-MTC/10.07 de la O fi cina de Personal, el Memorándum Nº 3270-2018-MTC/10.07 de la Ofi cina General de Administración, el Informe Nº 0179-2018- MTC/09.05 de la O fi cina de Organización y Racionalización y el Memorándum Nº 2052-2018-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 514-2017 MTC/01, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 145- 2018 MTC/01, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual constituye un instrumento técnico normativo que establece la descripción de los cargos que requiere el Ministerio para el cumplimiento de sus objetivos, competencias y funciones asignadas; Que, con Memorándum N° 3270-2018-MTC/10.07, la Ofi cina General de Administración remite el Informe N° 0349-2018-MTC/10.07 de la O fi cina de Personal, en el que se indica que el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, no ha considerado el cargo de Procurador Público Adjunto de la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo que, resulta necesario efectuar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, a efectos de considerar el citado cargo; Que, por Memorándum Nº 2052-2018-MTC/09, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe Nº 0179-2018-MTC/09.05 de la Ofi cina de Organización y Racionalización, emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fi n de considerar el cargo de “Procurador/a Público/a Adjunto/a”; Que, en consecuencia, es necesario la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el numeral 2.4 “Cuadro de Clasi fi cación de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones” e incorporar en el Título Tercero el per fi l del cargo de “Procurador/a Público/a Adjunto/a”, en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 514-2017 MTC/01, modi fi cado por Resolución Ministerial N° 145-2018 MTC/01, que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1712138-1Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y al Reino de los Países Bajos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 869-2018-MTC/01.02 Lima 13 de noviembre de 2018VISTOS: La Comunicación AVP-GO-014-2018 recibida el 09 de octubre de 2018, de la empresa AEROLINEAS VIVE PERU S.A., el Informe N° 541-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 580-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10 dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa AEROLINEAS VIVE PERU S.A., ha presentado ante la Autoridad Aeronáutica Civil, una solicitud para realizar chequeo técnico de veri fi cación de competencia en simulador de vuelo a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 04 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 541-2018-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe N° 580-2018-MTC/12.04, veri fi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la Dirección General de Aeronáutica Civil señala a través de su Informe N° 580-2018-MTC/12.04, que el presente viaje resulta de interés institucional, toda vez que se realiza en cumplimiento de sus funciones atribuidas en la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 050-2001-MTC;