Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2018 (16/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 16 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Juzgado Especializado Supraprovincial para procesos de Pérdida de Dominio. Que, mediante el artículo cuarto de la citada Resolución Administrativa, se faculta a la Presidencia de este distrito judicial para que adopte las medidas administrativas pertinentes, a fin de redistribuir todos los procesos penales del Cuarto Juzgado Penal convertido que no correspondan a Pérdida de Dominio. Al respecto, mediante el informe de vistos elaborado por la Coordinación de Estudios y Proyectos de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, se pone a conocimiento de este Despacho el análisis realizado de la carga procesal total de los Juzgados Penales para procesos con Reos Libres de esta Corte Superior de Justicia, resultando el 21° Juzgado Penal el que menor cantidad de procesos en estado de trámite y de ejecución entre todos sus demás pares y, en tal sentido, resulta ser el más idóneo para recibir toda la carga procesal que dejará de conocer el convertido 4° Juzgado Penal, vale decir, todos los procesos en liquidación del subsistema anticorrupción, además de los procesos penales ordinarios que tiene para su tramitación y ejecución. Asimismo, se informa que el convertido Cuarto Juzgado Penal para procesos con Reos Libres aún tiene expedientes o incidentes que no han podido ser ingresados y registrados en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) por cuanto, los expedientes principales se encuentran en otras dependencias judiciales (Salas Penales Superiores, Corte Suprema, etc.), resultando imperiosa la necesidad de su registro en el referido sistema informático mediante el procedimiento y usuarios de Data Entry con el cual cuenta el juzgado convertido. De otro lado, se informa que el Juzgado Especializado Supraprovincial para procesos de Pérdida de Dominio de la CSJLI entrará en funcionamiento en ambientes habilitados de las oficinas 131 y 139 del primer piso de Palacio de Justicia a partir del 16 de noviembre del año en curso, en tal sentido, en procura de una debida custodia que necesitan los expedientes del subsistema anticorrupción, será pertinente que el 21° Juzgado Penal traslade su ubicación desde la sede judicial Edificio Progreso hacia la sede judicial Carlos Zavala, en los ambientes que deja libre el convertido 4° Juzgado Penal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, es la máxima autoridad administrativa de este Distrito Judicial, con competencia para dictar las medidas administrativas pertinentes y necesarias que conlleven al mejoramiento del servicio de administración de Justicia en sus distintos niveles y áreas. Por estos fundamentos, en uso de las facultades conferidas en el inciso 3 y 9 del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial e inciso 3 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 090-2018-CE-PJ de fecha 14 de marzo del 2018; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que el convertido 4° Juzgado Penal remita la totalidad de sus expedientes, a excepción de aquellos que correspondan a Pérdida de Dominio, hacia el 21°Juzgado Penal para procesos con Reos Libres, por intermedio de la Mesa de Partes correspondientes, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución administrativa. Artículo Segundo.- DISPONER el funcionamiento del Juzgado Especializado Supraprovincial para procesos de Pérdida de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lima, con competencia en los distritos judiciales del Callao, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur y Ventanilla, en los ambientes habilitados de las oficinas 131 y 139 del primer piso de Palacio de Justicia. Artículo Tercero.- DISPONER la reubicación del 21° Juzgado Penal ubicado actualmente en el piso seis (6) de la sede judicial "Edificio Progreso", hacia los ambientes del primer piso de la sede judicial Carlos Zavala, sito en el Jr. Manuel Cuadros N.° 182, Cercado de Lima, cuyo traslado se realizará con plazo máximo hasta el 23 de noviembre del año en curso.

Artículo Cuarto.- DISPONER que se publique en el portal Institucional y en las mesas de partes correspondientes el traslado y reubicación del 21° Juzgado Penal para procesos con Reos Libres de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Quinto.- DISPONER que la Tercera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lima, en adición a sus funciones, conozca en exclusividad los recursos de apelación interpuestos en los procesos de Pérdida de Dominio; que se deriven del Juzgado Especializado Supraprovincial para procesos de Pérdida de Dominio de la CSJLI, sin perjuicio de las prevenciones que existan en las demás Salas Penales de Apelaciones. Artículo Sexto.- DISPONER que la Coordinación de Informática de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, realice las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse para la presente Resolución Administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del SIJ, debiendo informar a su Jefatura de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten pertinentemente. Artículo Sétimo.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, realice el seguimiento y monitoreo, respecto a la carga procesal, ingresos y producción de los Juzgados Penales comprendidos en la presente Resolución Administrativa e, informe a esta Presidencia sobre las actividades ejecutadas y las acciones pertinentes que se deberán realizar para el óptimo funcionamiento de estos órganos jurisdiccionales. Artículo Octavo.- DISPONER que los expedientes e incidentes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos, bajo responsabilidad del Magistrado a cargo del Juzgado Penal remitente y del secretario de la causa, por inconducta funcional. Artículo Noveno.- CUMPLAN los Magistrados de los Juzgados Penales inmersos en este procedimiento de remisión y redistribución de expedientes, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Oficina de Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de dos (2) días hábiles de terminada la redistribución. Artículo Décimo.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, de la Gerencia General y de la Gerencia de Administración Distrital para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1712982-1

Organizan el turno para los procesos en el marco del D. Leg. N° 1194 y el Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 2181-2018-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 13 de noviembre de 2018 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N° 334-2010-CE-PJ, N°121-2014-CE-PJ y N°347-2015-CE-PJ, expedidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y las Resoluciones Administrativas N°003-2010-P-CSJLIMASUR/PJ, N°5952015-P-CSJLIMASUR/PJ y N°054-2017-P-CSJLIMASUR/

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