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33 NORMAS LEGALES Sábado 17 de noviembre de 2018 El Peruano / CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 29.11.2016 (Informe Técnico N° 4212-2016-Z.R.N.II/OC-OR-CAJAMARCA-R), por la Ofi cina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. C C-D 34.60 776787.5377 9210712.2739 CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 16.10.2018, por la O fi cina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.D D-A 35.12 776814.2277 9210734.2795 ANEXO 6 VALOR DE TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: AEROPUERTO "MAYOR GENERAL FAP ARMANDO REVOREDO IGLESIAS", UBICADO EN EL DISTRITO DE LOS BAÑOS DEL INCA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA. N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN EN SOLES (S/) CÓDIGO: PM1G-AERCAJAM-PR-048 ÁREA AFECTADA: 0.1660 haAFECTACIÓN TOTAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: - Por el norte : Con la Unidad Catastral Nº 101742, con una línea de un (01) tramo, con 45.72 m.- Por el sur : Con la Unidad Catastral Nº 103044, con una línea de un (01) tramo, con 45.68 m.- Por el este : Con la Unidad Catastral Nº 103044, con una línea de un (01) tramo, con 36.38 m.- Por el oeste : Con camino carrozable, con una línea quebrada de dos 02) tramos, con 36.30 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VERTICE LADODISTANCIA (m.)Datum WGS-84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 36.38 776786.2260 9210267.5007 6MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESLUIS FERNANDO ROSELL ORTIZPARTIDA REGISTRAL N° 11117577 de la O fi cina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. B B-C 45.68 776791.7672 9210231.5480 407,927.44 CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido el 29.11.2016 (Informe Técnico N° 4218-2016-Z.R.N.II/OC-OR-CAJAMARCA-R), por la Ofi cina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.C C-D 27.15 776746.3573 9210226.5590 D D-E 9.15 776742.1520 9210253.3835 CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Expedido el 18.10.2018, por la O fi cina Registral de Cajamarca, Zona Registral N° II - Sede Chiclayo.E E-A 45.72 776740.7914 9210262.4317 1713255-1 Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU. y Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 879-2018 MTC/01.02 Lima, 14 de noviembre de 2018VISTOS: El documento JI-1031/18, recibido el 19 de octubre de 2018, de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A, el Informe N° 556-2018-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 593-2018-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes de servidores y funcionarios públicos; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, en el numeral 10.1 de su artículo 10 dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia, de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos, así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha presentado ante la Autoridad Aeronáutica Civil, una solicitud para efectuar chequeo técnico por renovación como Instructor de Simulador de vuelo en el equipo A330 a su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 04 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias; Que, asimismo, la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se re fi ere el considerando anterior, ante la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud de autorización de viaje, ha sido califi cada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 556-2018-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe N° 593-2018-MTC/12.04, veri fi cándose el cumplimiento de lo señalado