Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2018 (17/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Sábado 17 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES
Reglamento de Canje de Billetes y Monedas CONSIDERANDO QUE:

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Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1713757-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionaria a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0063-2018-BCRP-N Lima, 25 de octubre de 2018 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido convocatoria de la Secretaría de Jurisdicción que integran Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay en el Fondo Monetario Internacional (FMI) para dar inicio a la negociación por los cargos de la Silla por el período correspondiente a los años 2020-2030, cuya primera reunión se llevará a cabo los días 22 y 23 de noviembre en la sede del Banco Central de Chile en la ciudad de Santiago; El Artículo 69 de la Ley Orgánica del BCRP establece que esta entidad representa al País para los fines establecidos en el Convenio Constitutivo del FMI y la Subgerencia de Economía Internacional de la Gerencia de Información y Análisis Económico tiene entre sus objetivos el de brindar el apoyo a la Alta Dirección en la participación del Banco en los diferentes organismos y foros internacionales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27619 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM así como por sus normas modificatorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 18 de octubre del 2018; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior de la señora Gladys Choy Chong, Subgerente de Economía Internacional en la Gerencia de Información y Análisis Económico, el 22 y 23 de noviembre a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, y el pago de los gastos, a fin de que participe en el certamen indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje Viáticos TOTAL US$ 465,15 US$ 730,00 ----------------US$ 1195,15

Mediante Circular No. 0016-2018-BCRP se aprobó el Reglamento de Canje de Billetes y Monedas que, entre otros, incorpora la obligación de las empresas del sistema financiero de retener los billetes cuando carezcan del hilo de seguridad, la marca de agua o la tinta que cambia de color. Asimismo, a través de la Circular No. 00212018-BCRP se precisó la fecha a partir de la cual rige la retención de billetes que carezcan de alguno de los elementos de seguridad señalados. Es necesario prorrogar la fecha a partir de la cual rige la retención de billetes que carezcan de estos elementos de seguridad para que culminen las actualizaciones técnicas requeridas en los equipos de las empresas del sistema financiero. SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar la Segunda Disposición Transitoria y Final del Reglamento de Canje de Billetes y Monedas aprobado por Circular No. 0016-2018-BCRP, modificado por Circular No. 0021-2018-BCRP, en la forma siguiente: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES "Segunda.- El presente Reglamento entra en vigencia a partir del 19 de junio de 2018, salvo el canje al que se refiere el segundo párrafo del artículo 4° y la retención sin canje de billetes enteros que carecen del hilo de seguridad, la marca de agua o la tinta que cambia de color, según lo establecido en el artículo 9°, rige a partir del 20 de marzo de 2019." Artículo 2.- La presente Circular entrará en vigencia el día de su publicación. RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1713529-1

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban "Directiva para la implementación de la incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 520-2018-CG Lima, 15 de noviembre de 2018 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 00041-2018-CG/GPL, de la Gerencia de Planeamiento; la Hoja Informativa N° 00077-2018-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 003112018-CG/FI, de la Subgerencia de Finanzas; y la Hoja Informativa N° 00254-2018-CG/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, señala que el ejercicio del control gubernamental se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso;

Artículo 3°.- Esta Resolución no dará derecho de exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1708619-1

Modifican la Segunda Disposición Transitoria y Final del Reglamento de Canje de Billetes y Monedas
CIRCULAR Nº 0035-2018-BCRP Lima, 16 de noviembre de 2018

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