Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2018 (24/11/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 24 de noviembre de 2018

NORMAS LEGALES

79

LINEAMIENTOS TÉCNICOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA FINANCIADOS CON RECURSOS PÚBLICOS PROVENIENTES DEL CANON EN LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS 1. OBJETIVO GENERAL El CONCYTEC es el organismo rector del SINACYT, encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el marco de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica. En dicho marco normativo, es necesario establecer lineamientos que orienten a las universidades públicas que cuentan con recursos provenientes del canon, sobre canon y regalías mineras (en adelante canon), en el uso eficiente y transparente de los mismos, para el desarrollo de actividades de ciencia, tecnología e innovación (en adelante CTI), a fin de que potencien el desarrollo económico y productivo de las regiones al servicio del bienestar social de la región y del país. 2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2.1 Establecer una línea base acerca de las capacidades de las universidades públicas con recursos del canon para el desarrollo de actividades de CTI. 2.2 Promover la generación, absorción y transferencia de conocimiento y/o tecnologías a los sectores productivos de la región y/o país. 2.3 Promover la generación y/o fortalecimiento de capacidades para desarrollar actividades de investigación en CTI que respondan a los desafíos locales, regionales y del país. 2.4 Generar información de calidad para la gestión de la investigación, desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica, y su vinculación con el sector productivo. 2.5 Fortalecer la institucionalidad de la ciencia y tecnología en la región y el país. 2.6 Fortalecer las capacidades institucionales de las universidades públicas para la gestión de la investigación en CTI, así como el Programa Presupuestal 0137-"Desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica". 2.7 Mejorar la dotación y la calidad de la infraestructura y equipamiento de los laboratorios, centros y/o institutos de investigación y desarrollo tecnológico de interés regional. 3. BASE LEGAL - Ley Nº 27506-Ley del Canon - Ley N° 28077-Modifica la Ley N° 27506, Ley del Canon - Ley N° 28322-Modifica los artículos de la Ley N° 27506, Ley del Canon, modificados por la Ley Nº 28077. - Ley N° 29230-Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado - Ley N° 30264-Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico. - Ley N° 28613-Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). - Ley N° 28303-Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. - Ley Nº 30806-Ley que modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de ciencia, tecnología e innovación tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). - Ley N° 30220-Ley Universitaria. - Decreto Supremo Nº 005-2002-EF-Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon - Decreto Supremo N° 003 -2003-EF que modifica el Decreto Supremo N° 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de Canon. - Decreto Supremo N° 115-2003-EF que modifica el Decreto Supremo N° 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de la Ley de Canon. - Decreto Supremo N° 029 -2004-EF que modifica el Decreto Supremo N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon.

- Decreto Supremo N° 187 -2004-EF que modifica el Decreto Supremo N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon. - Decreto Supremo N° 032-2007-ED, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. - Decreto Supremo N° 020-2010-ED, que aprueba el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. - Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. - Decreto Supremo N° 015-2016-PCM que aprueba la Política Nacional para el desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CTI. - Decreto Supremo N° 001-2006-ED que aprueba el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para la Competitividad y el Desarrollo Humano 2006-2021. 4. ALCANCE Las disposiciones establecidas en los presentes lineamientos son de alcance de las universidades públicas que realicen proyectos de CTI con recursos provenientes del canon para la realización de investigaciones y otras actividades inmersas en el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica que potencien el desarrollo económico y productivo de las regiones al servicio de la sociedad. 5. PRINCIPIOS Los principios que rigen la ejecución de los proyectos de CTI son los siguientes: 5.1. Eficiencia y Eficacia: El fortalecimiento de las capacidades de las universidades públicas para la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica es coherente con el uso racional de los recursos y la obtención de resultados. 5.2. Calidad: Las acciones de las universidades públicas se orientan hacia la mejora de la calidad continua en el desarrollo de las actividades de investigación científica y tecnológica dentro y fuera la universidad. 5.3. Objetividad e imparcialidad: Los procesos de diseño, evaluación, selección, seguimiento y monitoreo de los instrumentos financieros que subvencionen las actividades de CTI, que ejecuta la universidad, se desarrollan con rigor técnico y libres de conflictos de intereses. 5.4. Transparencia: Los resultados de los procesos de diseño, evaluación, selección y seguimiento y monitoreo de los instrumentos financieros, que ejecuta la universidad pública con recursos provenientes del canon, son accesibles y difundidos de manera oportuna y clara por la universidad en su portal de transparencia. 6. LINEAMIENTOS Los presentes lineamientos responden al cumplimiento del objetivo general a través de seis objetivos específicos y buscan dinamizar el desarrollo económico y productivo de las regiones al servicio del bienestar social de la región y del país a través de la CTI. 6.1 Objetivo Especifico 1. Establecer una línea base acerca de las capacidades de las universidades públicas para el desarrollo de actividades de la CTI Lineamiento 1.1. Las universidades deberán contar con un Plan de Desarrollo Institucional de Capacidades para la CTI que tiene que contener como mínimo los siguientes puntos: a. Línea base que considere información general sobre los recursos humanos1, la infraestructura y el equipamiento en CTI2, entre otros vinculados a los mecanismos de promoción I+D+i de la universidad. b. Línea base de la productividad científica y tecnológica.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.