Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2018 (24/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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CATEGORÍA PRESUPUESTAL ACTIVIDAD

NORMAS LEGALES
90002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos

Sábado 24 de noviembre de 2018 /

El Peruano

5000759 : Fiscalización y Control de la Gestión Pública Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y servicios TOTAL UNIDAD EJECUTORA TOTAL PLIEGO 39 856 259.00 39 856 259.00 =========== 39 856 259.00 ===========

Artículo 2.- Notas para Modificación Presupuestaria La Subgerencia de Finanzas, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria", que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Remisión Copia de la presente Resolución, se presenta dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), Portal Web lnstitucional (contraloria.gob.pe) y en la lntranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1716303-1

al "VI Foro Interamericano de Justicia Militar y Derecho Militar"; que se realizará en la ciudad de San Antonio, Texas, Estados Unidos de América, del 10 al 13 de diciembre de 2018; Que, dada la importancia del citado evento, que tiene como objetivo el análisis de la problemática judicial y del derecho operacional en la región, en la que la justicia militar policial peruana ha sido pionera y cuyos resultados resultan de interés para este órgano administrador de justicia especializada; resulta conveniente autorizar la participación de los citados Magistrados del Fuero Militar Policial en dicho evento; Que, en sesión de Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, de fecha 16 de noviembre de 2018, se acordó autorizar el viaje del Contralmirante CJ (R) Julio Enrique Pacheco Gaige y del Mayor General FAP Arturo Antonio GILES FERRER; para que participen en el citado evento en representación del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1096 y la Ley Nº 29955; y, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicios, a la ciudad de San Antonio, Texas, Estados Unidos de América; del señor Contralmirante CJ. Julio Enrique Pacheco Gaige, Presidente del Fuero Militar Policial, identificado con DNI Nº 08805518; y del señor Mayor General FAP Arturo Antonio GILES FERRER, Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial, identificado con DNI Nº 08379575; del 8 al 16 de diciembre de 2018; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2018, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima (Perú) ­ San Antonio, Texas (Estados Unidos de América) - Lima (PERÚ) US $ 1,080.00 X 02 personas (incluido TUUA) = US $ 2,160.00 Viáticos: US $ 440.00 X 04 días X 02 personas US $ 3,520.00 -------------------Total a pagar = US $ 5,680.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados Oficiales presentarán informe describiendo las acciones realizadas, resultados obtenidos y rendición de cuentas por los viáticos entregados Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución, con cargo al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2018, Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Administrativa y a la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 6º.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO ENRIQUE PACHECO GAIGE Presidente del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial 1715566-1

FUERO MILITAR POLICIAL
Autorizan viaje de Presidente del Fuero Militar Policial y Presidente de la Sala Suprema de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 063-2018-FMP/CE/SG Lima, 19 de noviembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, fiscales, económicas y administrativas, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5º de la citada Ley, modificado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1096 y el artículo único de la Ley Nº 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo su Presidente quien preside el Fuero Militar Policial; Que, mediante Invitación cursada por el Secretario Técnico del Foro Interamericano de Justicia Militar y Derecho Militar y el Jefe del Ejército Sur de los Estados Unidos, remitió la cordial invitación para la concurrencia del Presidente del Fuero Militar Policial y del Presidente de la Sala de Guerra del Tribunal Supremo Militar Policial,

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