Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2018 (25/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Domingo 25 de noviembre de 2018
FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS 1 : Recursos Ordinarios

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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596 000 000,00 ============ 596 000 000,00 ============

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora a elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Emisión y destino de los Documentos Cancelatorios -Tesoro Público Para efectos de la implementación de lo establecido en el párrafo 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público emite los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público, que requiera el pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma aprobada en el artículo 1. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1716343-4

Que, la Ley N° 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP, establece la organización y los mecanismos para el funcionamiento del referido Fondo, creado por la Octava Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, así como el marco general para el financiamiento de los proyectos educativos presentados ante el mismo; Que, de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento de la Ley N° 28332, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-ED, el Consejo de Administración del FONDEP está conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Educación, que lo preside; el cual será designado, a propuesta de su institución, mediante Resolución Suprema, por un periodo de cuatro (04) años; Que con Resolución Suprema N° 013-2017-MINEDU del 15 de noviembre de 2017, publicada en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2017, se designó al Director General de Calidad de la Gestión Escolar como representante del Ministerio de Educación, ante el Consejo de Administración del FONDEP por un periodo de cuatro (04) años; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 195-2018-MINEDU de fecha 04 de mayo de 2018, se acepta la renuncia formulada por la Directora General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que con Oficio N° 109-2018-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación propone la designación como representante del Ministerio de Educación al/la Jefe/a de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica ante el citado Consejo; Que, mediante Oficio N° 251-2018-FONDEPMINEDU e Informe N° 068-2018-FONDEP-MINEDU, el Gerente Ejecutivo del FONDEP señala que corresponde formalizar la designación del representante del Ministerio de Educación ante el Consejo de Administración del FONDEP; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Educación, ante el Consejo de Administración del FONDEP, para que complete el periodo iniciado el 16 de noviembre de 2017 al 16 de noviembre de 2021; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de Educación de la Educación Peruana ­ FONDEP, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del Director General de Calidad de la Gestión Escolar como representante del Ministerio de Educación, ante el Consejo de Administración del FONDEP. Artículo 2.- Designar a la señora ANNIE CONSTANZA CHUMPITAZ TORRES Jefa de la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica de la Secretaría de Planificación Estratégica, como representante del Ministerio de Educación, ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana ­ FONDEP, para que complete el periodo iniciado el 16 de noviembre de 2017 al 16 de noviembre de 2021. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1716343-13

EDUCACION
Designan representante del Ministerio ante el Consejo de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación Peruana - FONDEP
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2018-MINEDU Lima, 23 de noviembre de 2018

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