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75 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de octubre de 2018 El Peruano / en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia Que, en diciembre del 2016 se emiten los Decretos Legislativos: Nº 1246, que aprueba diversas medidas de simpli fi cación administrativa, Nº 1256, Ley de prevención y eliminación de barreras burocráticas, Nº 1272, que deroga la Ley 29060, y Nº 1310, que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa. Que, durante el año 2017, se publicaron diversas normas legales que modi fi caron el marco legal de los TUPA, a saber D.S. Nº 006-2017-JUS (20/03/2017), TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; D.S. Nº 002-2017-VIVIENDA (25/01/2017), que aprueba el Reglamento de Veri fi cación Administrativa y Técnica; D.S. Nº 011-2017-VIVIENDA (15/05/2017), que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edi fi cación; D.S. Nº 006-2017-VIVIENDA (28/02/2017), TUO de Ley 29090; lo mismo que la Resolución Ministerial Nº 118-2017-VIVIENDA, que de fi ne categorías de Inspector Municipal de Obra y aprueban montos máximos que deben cobrar las Municipalidades, CAP o el CIP, por cada visita de inspección correspondiente a la veri fi cación técnica; D.S. Nº 046- 2017-PCM (20/04/2017), que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los Formatos de Declaración Jurada; Ley Nº 30619 (27/07/2017), que modi fi ca la ley 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, acerca de la vigencia del certi fi cado de inspección técnica de seguridad en edi fi caciones; D.S. N’011-2017-PRODUCE (2110812017), que aprueba lineamientos para determinar los giros a fi nes o complementarios entre si para el otorgamiento de licencias de funcionamiento y listado de actividades simultáneas y adicionales que pueden desarrollarse con la presentación de una declaración jurada ante las municipalidades. Que, durante el 2018, se publicó el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, el mismo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones (ITSE), así como la Resolución Jefatural Nº 16-2018-CENEPRED-J, mediante la cual se dispone Aprobar el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones, normas que modi fi caron el marco legal de los TUPA en los procedimientos relativos a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, evaluación de condiciones de seguridad en edi fi caciones y visita de inspección de seguridad en edifi caciones. Que, mediante Informe Nº 076-2018-OP, de fecha 07- 05-2018, la Jefatura de la Unidad de Presupuesto, señala que habiéndose revisado la propuesta de Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, se observa que cumple con los parámetros técnicos y requisitos normativos establecidos por la PCM, los costos han sido determinados conforme a las pautas normativas y se ha hecho uso del aplicativo “Mi Costo” de la PCM; y propone se derive a Sesión de Concejo para la debida aprobación y posterior publicación, de la referida propuesta. Que, mediante Informe Nº 378-2018-MPP/OAJ, de fecha 22-05-2018, la Sub Gerencia de Asesoría Legal, con relación al Informe Nº 076-2018-OP, de fecha 07-05-2018, de la Jefatura de la Unidad de Presupuesto, mani fi esta que de conformidad con lo dispuesto por el art. 194º de la Constitución Política del Perú, los arts. II del TP y 9º, inciso 8) de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, y de la revisión de la Propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos, se observa que los mismos han respetado las normas vigentes para la determinación de los procedimientos y determinación de costos de los mismos, opina por la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, mediante ordenanza municipal, debiéndose remitir el proyecto al pleno del concejo para su aprobación. Estando a lo señalado, de conformidad con las atribuciones conferidas por los incisos 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto por mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal Provincial de Pacasmayo ha dado la siguiente:ORDENANZA QUE ACTUALIZA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PACASMAYO 2018 Artículo Primero.- APROBACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD CONTENIDOS EN EL TUPA. Apruébense los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, así como sus requisitos y costos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2018 de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo que fi gura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBACIÓN DE LOS DERECHOS DE TRAMITE (TASAS) DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD CONTENIDOS EN EL TUPA. Apruébense los Derechos de Trámite de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad (tasas) contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo. Artículo Tercero.- APROBACIÓN DEL TUPA. Apruébense el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo, el cual compendia y sistematiza 249 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad con sus respectivos requisitos y derechos de trámites, conforme al anexo que forma parte de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO. Déjese sin efecto toda disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DIFUSIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA De conformidad con lo establecido en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43º, del Texto único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la norma que aprueba el TUPA se publica en el diario ofi cial El Peruano y el TUPA se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través del Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE y en el respectivo Portal Institucional; en ese sentido, ENCÁRGUESE a la Gerencia de Gestión Institucional Administrativa y Financiera y Secretaría General disponer las acciones para su publicación en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Informática su publicación en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Pacasmayo (www.munisanpedrodelloc.gob.pe ), y a las demás áreas administrativas la difusión y el estricto cumplimiento de la presente ordenanza Artículo Sexto.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. POR TANTO: De conformidad con lo dispuesto por el numeral 5 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, ordeno. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ROLAND RUBÉN ALDEA HUAMÁN Alcalde Provincial 1697675-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales.