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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (03/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

4 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de octubre de 2018 / El Peruano Artículo 4.- Tolerancia en la jornada de trabajo Los trabajadores de los sectores privado y público que no se encuentren en los supuestos del artículo 3 del presente decreto supremo, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, tienen derecho a períodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto. Los trabajadores que actúen como miembros de mesa en las Elecciones Regionales y Municipales 2018, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el 7 de octubre de 2018, están facultados para no asistir a sus centros de labores, sin perjuicio de lo regulado en el artículo 1. Los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda. Artículo 5.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción Del Empleo 1698728-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización de la “4ta. Expo Agua Perú 2018” DECRETO SUPREMO Nº 014-2018-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, en el marco del Acuerdo Nacional, se constituye como una Política de Estado, la prioridad en el abastecimiento de agua en cantidad, calidad y oportunidad idóneas a nivel nacional para el consumo humano y para la seguridad alimentaria; Que, el párrafo 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1357, declara de necesidad pública y de interés nacional la gestión y la prestación de los servicios de saneamiento, comprendida por los predios y/o infraestructuras de todos los sistemas y procesos que integran los servicios de saneamiento, ejecutados o que vayan a ejecutarse; con el propósito de promover el acceso universal de la población a los servicios de saneamiento sostenibles y de calidad, proteger su salud y el ambiente; Que, en el mes de noviembre de 2017, se realizó en la ciudad de Lima, la “3ra. Expo Agua Perú 2017”, cuyo objetivo fue dar a conocer soluciones innovadoras y de frontera para la gestión sostenible y productiva del agua. En dicho evento se exhibieron tecnologías innovadoras y de vanguardia por parte de empresas que brindan soluciones para el sector agua y saneamiento, agricultura, energía, industrias y minería, entre otras actividades de interés para el Sector y tuvo como país invitado a la República Francesa;Que, de conformidad con lo señalado por el Centro de Competencias del Agua (CCA), se viene organizando la “4ta. Expo Agua Perú 2018”, la misma que se llevará a cabo del 17 al 19 de octubre del presente año, con el propósito de: i) dar a conocer soluciones innovadoras y de frontera para la gestión sostenible y productiva del agua; ii) compartir experiencias exitosas, buenas prácticas y conocimientos para la solución de problemas en la gestión del agua y saneamiento; iii) sensibilizar al usuario en las buenas prácticas de disposición de aguas residuales que pueden afectar la infraestructura de saneamiento y el medio ambiente; y, iv) difundir la normativa sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario; Que, la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional mediante Decreto Supremo por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos establecidos en el literal d) del artículo 2 de la citada Ley; Que, para la realización de la “4ta. Expo Agua Perú 2018”, el país invitado es el Reino de los Países Bajos y se contará con la participación de empresas extranjeras que ingresarán temporalmente al país, materiales logísticos y de exhibición para ser presentados durante el evento, siendo necesario que estos se encuentren comprendidos en los alcances de la Ley antes citada, a efectos de eximirlos del trámite ordinario de ingreso al país; Que, según lo establecido en numeral 4 del artículo 10 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales en materia de saneamiento, y en el marco de sus competencias tiene la función de promover la investigación y el desarrollo tecnológico; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional la realización de la “4ta. Expo Agua Perú 2018” a llevarse a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 17 al 19 de octubre de 2018, lo que se enmarca dentro de los alcances de la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional. Artículo 2.- Organización y fi nanciamiento del Evento La organización y fi nanciamiento de la “4ta. Expo Agua Perú 2018” está a cargo del Centro de Competencias del Agua (CCA), el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. (SEDAPAL), el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS), la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS), la Asociación Nacional de Entidades Prestadoras de Servicio de Saneamiento (ANEPSSA PERÚ), la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y la Embajada del Reino de los Países Bajos en el Perú. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1698728-2