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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (03/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de octubre de 2018 El Peruano / Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de setiembre de 2018, el Dictamen Nº 74-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL SUELO DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO CON ORDENANZA Nº 912-MML Artículo Primero.- Recti fi car el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del Distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza Nº 912-MML publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de agosto de 2016, precisando la cali fi cación de Residencial de Densidad Baja RDB para el Lote 3 de la Manzana “P-2”, Tercera Etapa, Zona Norte, Sector A, Jirón Botoneros, Urbanización Las Gardenias, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Por tanto, se debe corregir grá fi camente, conforme al grá fi co que como Anexo Nº 1 forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco la recti fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como del Anexo Nº 1 en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTOMando se registre, publique y cumpla.Lima, 27 de setiembre de 2018.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1697522-1 Ordenanza que rectifica el Plano de Zonificación del Distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza Nº 912-MML ORDENANZA N° 2117 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA:POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de setiembre de 2018, el Dictamen N° 76-2018-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO CON ORDENANZA N° 912-MML Artículo Primero.- Recti fi car el Plano de Zoni fi cación del Distrito de Santiago de Surco, aprobado por la Ordenanza N° 912-MML publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de marzo de 2006, de Zona Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Zonal (CZ), correspondiente a los predios ubicados con frente a la Av. Prolongación Benavides, entre la Av. Defensores de Lima y la Autopista Panamericana Sur de la urbanización San Ignacio de Monterrico, según el Plano que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore la recti fi cación en el Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como el Anexo N° 1 en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima. POR TANTOMando se registre, publique y cumpla.Lima, 27 de setiembre de 2018.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1697522-2 MUNICIPALIDAD DE COMAS Ordenanza que otorga beneficios tributarios de condonación hasta el 100% de la deuda por arbitrios municipales del año 2002 hasta el 2013 y otros beneficios tributarios ORDENANZA MUNICIPAL Nº 554/MC Comas, 26 de septiembre del 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha ; Visto el Dictamen Nº 025-2018-CEAFPP/MC de la Comisión de la Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación y Presupuesto; El Informe Nº 1499-2018-SGR-GR/MC, emitido por la Sub Gerencia de Recaudación; el Informe Nº 178-2018-GR/MC, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 373-2018-GAJ/MC, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, concernientes al PROYECTO DE ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y CONDONACION HASTA EL 100% DE LA DEUDA POR ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2002 HASTA EL 2013; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado mediante Ley Nº 30305, se prescribe que las municipalidades son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa, en virtud de lo cual el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que le corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; y crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley”, respectivamente; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado con Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece en el segundo párrafo de la norma IV del Título Preliminar y en su artículo 41º modi fi cado por el decreto Legislativo Nº 881, que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, así como podrán condonar con carácter general el interés moratorio y otras sanciones respecto de los tributos que administran. Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, constituyen facultades de las administraciones tributarias, entre otras, la condonación con carácter general, del interés