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3 NORMAS LEGALES Viernes 5 de octubre de 2018 El Peruano / Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1699704-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Prorrogan plazo de vigencia de Ordenanza que establece un plan de incentivos para el pago de multas administrativas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2018-MDJM Jesús María, 3 de octubre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA VISTOS: el Informe Nº 313-2018-MDJM-GSC-SFT de la Subgerencia de Fiscalización y Transporte, el Informe Nº 059-2018-MDJM-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 547-2018-MDJM-GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum Nº 450-2018-MDJM-GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 549-MDJM, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 13 de junio de 2018, modi fi cada por Decreto de Alcaldía Nº 010-2018- MDJM, publicado el 20 de julio de 2018, y por Decreto de Alcaldía Nº 013-2018-MDJM, publicado el 17 de agosto de 2018, se establece un Plan de Incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad Distrital de Jesús María, el cual establece en su artículo 10º que los administrados podrán acogerse a los bene fi cios no tributarios dispuestos en la citada norma municipal, hasta el 5 de octubre de 2018; Que, mediante documento de la referencia, la Subgerencia de Fiscalización y Transporte, con la conformidad de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, propone la prórroga del bene fi cio hasta el 30 de noviembre de 2018; Que, siendo política de la presente gestión otorgar a los vecinos las facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, resulta necesario ampliar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 549-MDJM, en aplicación de lo dispuesto en su Cuarta Disposición Final y Transitoria; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre de 2018 la vigencia de la Ordenanza Nº 549-MDJM que establece un plan de incentivos para el pago de multas administrativas a favor de los administrados de la Municipalidad Distrital de Jesús María. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 1698926-1 REQUISITO PARA PUBLICACI ŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES