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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (05/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Viernes 5 de octubre de 2018 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN Ordenanza que crea la Mesa de Concertación del Deporte en la provincia de San Román - Juliaca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 19-2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de San Román, en su Sesión Extraordinaria de fecha 14 de agosto del año dos mil dieciocho: CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27972, Ley orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas Municipales son normas de carácter General de mayor Jerarquía en la estructura normativa Municipal; por las cuales se aprueba la organización interna, administración y supervisión de servicios públicos y las materias cuya competencia normativa tienen las municipalidades; Que, el artículo 82 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece las competencias y funciones especí fi cas compartidas con el gobierno nacional y regional sobre Educación, Cultura, Deporte y Recreación; Que, el artículo 3 de la Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte Nº 28036, tiene por objeto normar, desarrollar y promover el deporte como actividad física de la persona en sus diferentes disciplina y modalidades a través de sus componentes básicos: la educación física, la recreación y el deporte, en forma descentralizada, a nivel del ámbito local, regional y nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2017-MINEDU, se aprueba la Política nacional del Deporte, y consideran como actores principales y miembros del Sistema Nacional del Deporte (SISDEN), entre otros, a los Gobiernos Locales y Regionales; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece la conformación de espacios de concertación como mecanismo de participación ciudadana; siendo atribución de los Concejos Municipales aprobar y reglamentar los espacios de concertación y participación vecinal; Que, en uso de sus facultades y atribuciones contenidas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido por el numeral 4 del artículo 200º de la Constitución Política del Perú; el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL ORDENANZA QUE CREA LA MESA DE CONCERTACIÓN DEL DEPORTE EN LA PROVINCIA DE SAN ROMÁN - JULIACA Artículo Primero.- APROBAR, la CREACIÓN de la MESA DE CONCERTACIÓN DEL DEPORTE, como un espacio de gestión concertada, diálogo y participación para el desarrollo local, a fi n de unir esfuerzos para el fomento del deporte en la Provincia de San Román – Juliaca. Artículo Segundo.- OBJETO.- La presente Ordenanza Municipal fomentará la participación activa de los agentes deportivos, organizaciones civiles, conjuntamente con la comunidad edil y el ente rector del deporte IPD. Artículo Tercero.- FINALIDAD.- La MESA DE CONCERTACIÓN DEL DEPORTE tiene las siguientes fi nalidades: a) Promover y fomentar los programas municipales y nacionales a favor del deporte b) Implementar acciones para el cumplimiento de la Política Nacional del Deporte, de competencia municipal. c) Fomentar, convocar y articular la participación del sector privado en el desarrollo del deporte a nivel local. d) Fomentar actividades de masi fi cación deportiva. e) Implementar programas deportivos a favor de las poblaciones vulnerables salvaguardando la inclusión social. f) Garantizar la continuidad de las Escuelas Deportivas Municipales. g) Formulación, implementación y ejecución de los proyectos deportivos municipales. h) Efectuar una coordinación multisectorial entre el Gobierno Local y los sectores públicos nacionales e internacionales en función a la promoción del Deporte. Artículo Cuarto.- CONFORMACIÓN.- La Mesa de Concertación del Deporte, estará integrada por: a) El Alcalde en representación del Gobierno Local, quien lo preside. b) Un regidor de la Comisión de Desarrollo Social.c) Sub Gerente de Educación, Cultura, Deporte y Recreación. d) Sub Gerente de Promoción, Participación y Programas Sociales. e) Un representante del Instituto Peruano del Deporte.f) Un representante de las Organizaciones Sociales.g) Un representante de las Organizaciones Vecinales. Artículo Quinto.- SESIONES.- La Mesa de Concertación del Deporte, sesionará en forma ordinaria cada treinta días y en sesiones extraordinarias cuando las circunstancias lo ameriten. Serán convocadas por el Alcalde o Secretario Técnico. Artículo Sexto.- SECRETARIO TECNICO.- Un funcionario de la Municipalidad Provincial de San Román-Juliaca, designado por el Alcalde, será el Secretario Técnico de la MESA DE CONCERTACIÓN, quien se encargará de la coordinación directa entre la Presidencia y sus integrantes. Artículo Séptimo.- DEL REGLAMENTO.- La Mesa de Concertación del Deporte, contará con un Reglamento Interno que será propuesto por el Alcalde, y que deberá ser aprobado por el Consejo Directivo en pleno. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social y Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Recreación el cumplimiento de la Ordenanza. Segunda.- ESTABLECER, que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación y será publicado en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la ciudad de Juliaca, a los veintiún días del mes de agosto del años dos mil dieciocho. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.OSWALDO EDWIN MARIN QUIRO Alcalde 1698922-1