Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2018 (06/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de octubre de 2018 /

El Peruano

e) referido al pago de los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493; y en el literal h) referido al financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley N° 29944; Que, asimismo, el párrafo 26.5 del artículo 26 de la Ley N° 30693, establece que en las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último; Que, el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, las mismas que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 579, 707 y 749-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP ha sustentado la transferencia solicitada y ha verificado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, en los Programas Presupuestales 0090: Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular y 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva, y en la categoría presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, se cuenta con recursos disponibles para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley N° 30328, los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493 y el financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley N° 29944; en virtud de lo cual, con Oficio N° 3905-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de S/ 709 770 201,00 (SETECIENTOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES) para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley N° 30328, los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493 y el financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley N° 29944; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los

pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 709 770 201,00 (SETECIENTOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES), para financiar lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en los párrafos 26.1 y 26.5 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 709 770 201,00 (SETECIENTOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley N° 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley N° 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley N° 30328, los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley N° 30493 y el financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley N° 29944, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL En Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos

0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 535 890 522,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000790 : Personal Contratado Oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000668 Desarrollo de la Educación Técnica 1 : Recursos Ordinarios 165 597 036,00 3 362 023,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

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