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31 NORMAS LEGALES Sábado 6 de octubre de 2018 El Peruano / Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Suspender las actividades de extracción del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) en la subárea C, comprendida entre los 05º00’S - 05º20’S del dominio marítimo peruano, por un período de siete (07) días. La suspensión de actividades extractivas por parte de embarcaciones arrastreras industriales deberá regir a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE efectuará el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) , priorizando las acciones de monitoreo sobre la incidencia de ejemplares en tallas menores de 28 cm tanto en la fl ota arrastrera industrial, como la fl ota artesanal, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero de manera oportuna. Artículo 3.- El seguimiento, control y vigilancia de las embarcaciones se efectuará sobre la base de los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital para embarcaciones pesqueras - (SISESAT), sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, y las Direcciones Regionales de la Producción competentes. Artículo 4.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 5.- Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1699753-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0568/RE-2018 Lima, 2 de octubre de 2018CONSIDERANDO:Que, el próximo Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional de Ministros Perú - Ecuador, se celebrará en la ciudad de Quito, República del Ecuador; Que, con la fi nalidad de coordinar y organizar los aspectos protocolares y de ceremonial, vinculados a dicho evento, resulta necesario que el Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, viaje a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 10 al 12 de octubre 2018; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2622 del Despacho Viceministerial, de 27 de setiembre de 2018; y los Memoranda (CER) N° CER00327/2018, de la Dirección de Ceremonial, de 25 de setiembre de 2018; y (OPR) N° OPR00375/2018, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 28 de setiembre de 2018, que otorga la certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modi fi catorias, la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; y, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Eduardo Román Morey, Director General de Protocolo y Ceremonial del Estado, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 10 al 12 de octubre de 2018, para coordinar y organizar los aspectos protocolares y de ceremonial vinculados a la próxima celebración del Encuentro Presidencial y XII Gabinete Binacional de Ministros Perú – Ecuador. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0094385: Protocolo, Ceremonial del Estado y Diplomático, Privilegios e Inmunidades, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$ Jorge Eduardo Román Morey 558.00 370.00 2 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1699151-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.M. N° 494-2010-MTC/02 mediante la cual se precisó el Derecho de Vía de la Carretera Longitudinal de la Sierra Norte, Tramo: Chota - Cochabamba - Cutervo - Santo Domingo de la Capilla - Chiple, Ruta PE-3N RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 743-2018 MTC/01.02 Lima, 21 de setiembre de 2018